Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº22050

Ordenanza Nº 22050

Bahia Blanca, 27/03/2025

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante de fojas 39 a 41 referido al Convenio Específico suscripto entre el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Banca en el marco del Proyecto PNUD ARG/22/008 sobre “Fortalecimiento de la Política Ambiental en la Provincia de Buenos Aires”, celebrado el día 5 de febrero de 2025, obrante a fojas 35/38 del expediente de referencia, por el que el Municipio acepta la cesión gratuita de todos y cada uno de los derechos emergentes de la Factura N° 005-085 de fecha 2 de septiembre del 2024 emitida por BESTEN HANDLER S.A., que versa sobre la adquisición de un Camión Caja Abierta Modelo SPRINTER 314 CDI Chasis 3565, Marca MERCEDES BENZ, Chasis Nro. 253318, Motor 654920W0173962, con el objetivo de fortalecer la Gestión Integra e Inclusiva de los Residuos Sólidos Urbanos (“GIIRSU”); y

 

CONSIDERANDO

 

Que con fecha 31 de octubre se aprobó el Proyecto PNUD ARG/22/008 sobre “Fortalecimiento de la Política Ambiental en la Provincia de Buenos Aires” entre el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires (MAPBA) y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), mediante el Decreto DECRE-2022-1576-GDEBA-GPBA, con el objetivo general de fortalecer la gestión del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires para el abordaje integral y transversal de las políticas públicas ambientales, desde una planificación, diseño y ejecución situada en los territorios y con fuerte incidencia en la población local.

 

Que el citado Proyecto, incluye entre sus componentes la Actividad Crítica 1 que tiene como objetivo potenciar el Programa Provincial “Mi Provincia Recicla” y específicamente, a través de la Acción 1.2, se incluye como línea de trabajo la adquisición de maquinaria para fortalecer el sistema de co-gestión de Residuos con inclusión social.

 

Que con fecha 19 de febrero de 2024 el Municipio firmó un Convenio Marco de Cooperación, Articulación y Entendimiento con el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, cuyo fin es “establecer entre las partes un marco de cooperación por medio del cual se adoptarán y arbitrarán acciones dirigidas al entendimiento, formulación, proyección, fiscalización y ejecución de la política ambiental en la Provincia de Buenos Aires con el objetivo de preservar los bienes comunes naturales, promoviendo la transición ecológica, incorporando tecnologías y energías alternativas, como así también, la planificación y coordinación de políticas y educación ambiental destinadas a mejorar y preservar la calidad ambiental y entender en la formación y capacitación de los integrantes del Estado provincial y, en ese contexto, coordinar la concertación y articulación con los gobiernos municipales para la implementación de la política ambiental provincial”.

 

Que con fecha 20 de mayo de 2024 mediante el dictado de la Resolución RS-2024-17309390-GDEBA-SSTAYLMAMGP, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires aprobó el llamado de Licitación Pública Internacional N° 01/24 del Proyecto PNUD ARG/22/008, mediante el cual se solicitaron 15 camiones caja abierta; fundados en la necesidad de promover el fortalecimiento institucional de los Sistemas de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) municipales, potenciar la capacidad de recuperación y procesamiento de materiales reciclables fortaleciendo y mejorando las condiciones de trabajo de los Recuperadores Urbanos agrupados y/o individuales, destinados a municipios y cooperativas.

 

Que en fecha 30 de julio de 2024 y atento a las recomendaciones formuladas por parte del Comité de Evaluación de Ofertas y el Comité Local de Contratos, la Coordinación Administrativa del Proyecto procedió a adjudicar – mediantte RS-2024-26356007-GDEBA-SSTAYLMAMGP – el Lote 1 (15 unidades de Camión Caja Abierta) de la Licitación Pública Internacional 01/2024 a la firma BESTEN HANDLER S.A.

 

Que en virtud de la Acción 1.2 de la Actividad Crítica 1 enmarcada en el Proyecto, se procedió a realizar una cesión gratuita de facturas a nombre de los Municipios beneficiarios seleccionados en virtud de Informe de distribución que obra en IF-2025-00632561 -GDEBA-DPRSUMAMGP:Suipacha, Hurlingham, Colón, Brandsen, Bahía Blanca, Dolores, Alberti, Tapalqué, Mar Chiquita, Leandro N.Alem, La Plata, San Martín, San Cayetano, Lanús, Cooperativa de Trabajo Eco Pioneras Ltda. (Campana), Cooperativa de Trabajo Recuperando Esperanza Ltda. (Avellaneda), Cooperativa de Trabajo Recuperadores del Sur Ltda. (Pilar).

 

Que en lo que al marco normativo provincial respecta, el artículo 28° de la Constitución Provincial establece el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras; al tiempo que determina que la provincia debe preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables de su territorio; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema y promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo.

 

Que la Ley Nacional N° 25.675 establece los principios de la política ambiental entre los cuales se encuentran, la Responsabilidad, Sustentabilidad y Solidaridad, y asimismo reconoce como instrumentos de la política y la gestión ambiental al ordenamiento ambiental del territorio, la evaluación de impacto ambiental, el sistema de control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas, la educación ambiental, el sistema de diagnóstico e información ambiental y el régimen económico de promoción del desarrollo sustentable.

 

Que la Ley Nacional N° 25.916 de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios, establece principios y conceptos básicos como la consideración de los residuos como un recurso, la minimización de la generación, así como la reducción del volumen y la cantidad total y por habitante de los residuos que se producen o disponen, estableciendo metas progresivas, a las que deberán ajustarse los sujetos obligados, la participación social en todas las formas posibles y en todas las fases de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).

 

Que por su parte la Ley N° 11.723 tiene por objeto la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, incorporando el contenido ecológico en niveles educativos, las jornadas ambientales con participación de la comunidad, estableciendo que la gestión de todo residuo que no esté incluido en las categorías de residuo especial, patogénico y radioactivo, será de incumbencia y responsabilidad municipal, debiendo implementar el manejo de los residuos, los mecanismos tendientes a la minimización en su generación, la recuperación de materia y/o energía, la evaluación ambiental de la gestión sobre los mismos, la clasificación en la fuente.

 

Que la Ley N° 13.592 fija los procedimientos de la GIRSU, de acuerdo con las normas establecidas en la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios.

 

Que para avanzar en medidas de gestión interdisciplinaria y coordinada que permitan instrumentar una política de Gestión Integral e Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos y Economía Circular, el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos aires aprobó, mediante RESO-2022-112-GDEBA-MAMGP, el Programa “Mi Provincia Recicla”, con el objetivo de promover una política provincial de gestión de residuos sólidos urbanos (RSU) con inclusión social, que impulse sistemas de gestión de residuos a nivel local y regional, disminuya la disposición final, aumente la recuperación y valorización de los residuos y fortalezca el trabajo de los recuperadores urbanos, en el marco de una economía circular participativa e inclusiva.

 

Que para la implementación de dicho Programa, se crea el componente “Sistemas GIRSU con Inclusión social” el que promueve la creación de Sistemas GIRSU con Inclusión Social en los Municipios de la Provincia, a través de la incorporación de infraestructura básica para la separación en origen y la recolección diferenciada, así como el tratamiento de residuos, y mejora de la infraestructura necesaria.

 

Que en virtud al relevamiento efectuado por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires en el ámbito del Municipio, surge la necesidad de impulsar y fortalecer el sistema de recolección diferenciada, por lo que ha resultado seleccionado como destinatario beneficiario de un Camión Caja Abierta, de los adquiridos mediante el procedimiento de Licitación Pública Internacional N° 01/24 (EX-2024-15646653-GDEBA-DGAMAMGP) previsto en el marco del Proyecto PNUD ARG/22/008.

 

Que el bien cedido estará afectado a diversos Programas Ambientales del Departamento de Gestión Integral de Residuos del Municipio (Oficina N° 641), entre los que pueden mencionarse el Programa Ecocanje Municipal y el Programa de Gestión de Residuos Orgánicos, así como a la recolección de residuos especiales municipales (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, tonners, pilas), el retiro de papel y cartón del expurgo de archivos municipales, entre otras aplicaciones que a futuro se determinen.


Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Convalídase el Convenio Específico suscripto entre el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca en el marco del Proyecto PNUD ARG/22/008 sobre “Fortalecimiento de la Política Ambiental en la Provincia de Buenos Aires”, celebrado el día 5 de febrero de 2025, obrante a fojas 35/38 del expediente N° 621-10953-2024, por el cual el Municipio acepta la cesión gratuita de todos y cada uno de los derechos emergentes de la Factura N° 005-085 de fecha 2 de septiembre del 2024 emitida por BESTEN HANDLER S.A, que versa sobre la liquidación de un Camión Caja Abierta Modelo SPRINTER 314 CDI Chasis 3565, Marca MERCEDES BENZ, Chasis Nro. 253318, Motor 654920W0173962, con el objetivo de fortalecer la Gestión Integral e Inclusiva de los Residuos Sólidos Urbanos.

 

Artículo 2° - Acéptase en los términos del Artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la cesión gratuita de todos y cada uno de los derechos emergentes de la factura 05-085, de fecha 2 de septiembre del 2024 emitida por BESTEN HANDLER S. A, a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca por un (1) Camión Caja Abierta Modelo: SPRINTER 314 CDI CHASIS 3565, Marca: MERCEDES BENZ, Chasis N° 253318, Motor 654920W0173962.

 

Artículo 3° - Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la incorporación al patrimonio municipal de un (1) Camión Caja Abierta Modelo: SPRINTER 314 CDI CHASIS 3565, Marca: MERCEDES BENZ, Chasis: N° 253318, Motor: 654920W0173962

 

Artículo 4° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.