Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 583
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/03/2025
Visto la Solicitud de Pedido Nº 1473 originada por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Operador de Calle para cumplir funciones como Operadora de Guardia de Emergencia del 911 del servicio Local;
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Trabajadora Social, para cumplir funciones de guardia del Servicio Local, en situaciones de emergencia, surgidas a través de llamado al 911, ante circunstancias que requieren inmediato tratamiento o atención y que lleva implícito una alta probabilidad de riesgo para la vulneración de derechos de niños, niñas y/o adolescentes;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, obra la declaración de incompetencia suscripta por la División de Servicio Local, donde consta que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se procedió a la realización de la correspondiente selección del personal requerido, según Acta de selección que obra en suministro Nº 8570-2024 de la cual surge la selección de la Sra. Morel Yenhy, DNI 35.432.117 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para el cumplimiento de las tareas asignadas; Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaria de de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal del área, debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea.
SEGUNDO: Adjudicar a la Morel Yenhy, DNI 35.432.117, la prestación de servicios técnicos y profesionales para cumplir funciones como Operadora de Guardia de emergencias del 911 del Servicio Local, a partir del 01 de abril y hasta el 30 de junio de 2025, y por la suma total de pesos un millón ochocientos sesenta y dos mil quinientos cincuenta ($1.862.550.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva
prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de de Niñez, Adolescencia y Familia y por su intermedio a la Coordinación del Servicio Local.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cumplir, notifícar, publicar, dar al R.O; tomar nota Departamento de Compras, Subsecretaria de Niñez, adolescencia y Familia. Cumplido: ARCHIVAR.-