Boletines/Bolivar
Decreto Nº 224
Bolivar, 28/01/2025
Visto
El Expediente N° 4013-059/25 por el que la Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Urdampilleta,solicita autorización en los términos de la Ordenanza N° 1044/94 y modificatorias, y;
Considerando
Que a fs. 1 obra presentación realizada por las autoridades de la Asociación Civil, solicitando se conceda autorización para poner en circulación y venta una rifa;
Que habiendo tomado intervención de su conocimiento el Área de Asesoramiento Legal y Técnico, aconseja la autorización de la misma por medio de Dictamen Jurídico, atento haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas por el Decreto Ley N° 9403/79 y la Ordenanza N° 1044/94;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º:Autorízase a la Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Urdampilleta, inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo Legajo N° 136579, Matricula N° 30294, a poner en circulación una rifa, que consta de quinientas (500) boletas con dos números cada una, a un valor total de Pesos Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00) monto que podrá ser abonado de contado o en diez cuotas mensuales de Pesos Cinco mil con 00/100 ($5.000,00) cada una.
Artículo 2°: Los premios a sortear consisten en los siguientes:
Sorteo Final:El sorteo final se realizará el último sábado de Diciembre de 2025 por Lotería Nacional Nocturna, y los premios consisten en:
1°: Orden de compra: Pesos Un millón doscientos mil con 00/100 ($1.200.000,00).
2°: Orden de compra: Pesos Cuatrocientos ochenta mil con 00/100 ($480.000,00).
3°: Orden de Compra: Pesos Doscientos cuarenta mil con 00/100 ($240.000,00).
4°: Orden de Compra: Pesos Ciento sesenta mil con 00/100 ($160.000,00).
Sorteos Mensuales: Serán sorteados el último sábado de cada mes por Lotería Nacional Nocturna, desde el mes de Marzo hasta el mes de Noviembre de 2025. El premio del sorteo mensual consiste en: Orden de compra por Pesos Cincuenta mil con 00/100 ($50.000,00).
Sorteo especial por pago contado: Se sorteará el último sábado de Julio de 2025 por Lotería Nacional Nocturna. Participaran aquellos que hayan abonado el valor total de la rifa al momento de su compra. El premio del sorteo especial por pago contado consiste en: Orden de Compra por Pesos Doscientos ochenta mil con 00/100 ($280.000,00).
Artículo 3°: La entidad autorizada será exceptuada de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ordenanza N° 1044/94. La excepción establecida, lo es Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, con arreglo a lo normado en el Artículo 7º de la Ordenanza antes citada, modificada por la Ordenanza N° 1706/03.
Artículo 4°: Comunicar el presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5°:El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.
Artículo 6º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.