Boletines/Bolivar
Decreto Nº 200
Bolivar, 22/01/2025
Visto
El estado administrativo del Decreto Municipal N° 2003-24, Decreto Municipal N° 2294-24, Decreto Municipal N° 2295-24, Decreto Municipal N° 2296-24, Decreto Municipal N° 2297-24, Decreto Municipal N° 2291-24, y;
Considerando
Que por Decreto N° 2003-24, se autoriza otorgar un subsidio por la suma de pesos ciento cincuenta mil con 00/100 ($150.000,00), favor de la Sra. Firma Paz Jessica Alejandra, DNI 36.524.571, para solventar gastos de alquiler y así solucionar de manera transitoria su situación económica;
Que por Decreto N° 2294-24, se autoriza a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos doscientos ochenta y siete mil novecientos con 69/100 ($287.900,69), en concepto de IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS, previsto en el inciso a) del Artículo 24° de la Ley N° 17.741 y modificatorias;
Que por Decreto N° 2295-24, se autoriza a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos ciento ochenta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro con 51/100 ($183.854,51), en concepto de IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS, previsto en el inciso a) del Artículo 24° de la Ley N° 17.741 y modificatorias;
Que por Decreto N° 2296-24, se autoriza a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos ciento noventa y tres mil trescientos sesenta y tres con 48/100 ($193.363,48), en concepto de IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS, previsto en el inciso a) del Artículo 24° de la Ley N° 17.741 y modificatorias;
Que por Decreto N° 2297-24, se autoriza a a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos ciento treinta y siete mil sesenta y tres con 55/100 ($137.063,55), en concepto de IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS, previsto en el inciso a) del Artículo 24° de la Ley N° 17.741 y modificatorias;
Que por Decreto N° 2291-24, se autoriza a Contaduría Municipal a abonar la suma de pesos un millón setecientos setenta y ocho mil cincuenta con 00/100 ($1.778.050,00) a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA N° 27, del Partido de Bolívar, Provincia de Buenos Aires, a efectos de solventar gastos destinado a la provisión de materiales y mano de para la obra de infraestructura de cielo raso de un aula de 42 mts. de dicha Institución;
Que Contaduría Municipal comunica que no se han emitido las Órdenes de Pago durante el ejercicio anterior, por lo que es necesario realizarla en el Ejercicio 2025;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde ratificar la vigencia de los actos administrativos antes mencionados;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Ratificar la vigencia de los actos administrativos que como Anexo I forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°: Autorízase a Contaduría Municipal a abonar los conceptos especificados en los actos administrativos mencionados en el artículo anterior, imputándose a las partidas correspondientes del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.
ANEXO
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