Boletines/Bolivar

Decreto Nº144

Decreto Nº 144

Bolivar, 16/01/2025

Visto

La nota elevada por la agente VILLAR SILVANA, y;

Considerando

Que, en la misma, solicita se establezca la reducción de su régimen horario, quien cumple un régimen de 48 horas semanales, y pasara a desempeñarse a partir del 1º de Enero de 2025, con un régimen de 24 horas semanales de labor;

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

 

Artículo 1º: Redúzcase a partir del 1º de Enero de 2025, el régimen horario de la Sra. Villar Silvana, DNI 20.036.700, Clase 1969, Legajo 2392, a 24 horas semanales de labor por las cuales continuara desempeñando tareas como administrativa en el SRIP- Servicio de Rehabilitación Pirovano.      

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 18.00.00- Hospital Municipal Pirovano.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la Sra. Villar Silvana en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y por la Secretaria de Salud.

Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.