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Decreto Nº113

Decreto Nº 113

Bolivar, 14/01/2025

Visto

La notificación cursada con fecha 02 de Diciembre de 2024 por la Dirección de Rentas de la Municipalidad, y;

Considerando

Que la Ordenanza N° 2919/23 establece en el ARTICULO 113º, lo siguiente:la Baja de Oficio – El Municipio podrá disponer la baja de la habilitación cuando constate el cese de actividades, previa notificación”;

Que según consta en el acta labrada por el agente notificador el comercio N° 5421, ubicado en Mitre N°460, no continúa desarrollando actividades comerciales;

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Procédase a la baja de oficio del comercio Nº 5421, según lo establecido en los Artículos 113° y 114 ° de la Ordenanza Nº 4909/23.       

Artículo 2º: Archívese el número de legajo Nº 5421, a fin de evitar duplicaciones.

Artículo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Rentas, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese el expediente de habilitación.