Boletines/Bolivar
Decreto Nº 93
Bolivar, 14/01/2025
Visto
La notificación cursada con fecha 02 de Diciembre de 2024 por la Dirección de Rentas de la Municipalidad, y;
Considerando
Que la Ordenanza 2919/23 establece en su ARTICULO 113º, lo siguiente: “la Baja de Oficio – El Municipio podrá disponer la baja de la habilitación cuando constate el cese de actividades, previa notificación”;
Que según consta en el acta labrada por el agente notificador el comercio N° 178, ubicado en Pringles N° 354, no continúa desarrollando actividades comerciales;
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Procédase a la baja de oficio del comercio Nº 178 , según lo establecido en los Art. 113° y 114 ° de la Ordenanza nº 4909/23.
Artículo 2º: Archívese el número de legajo Nº 178, a fin de evitar duplicaciones.
Artículo 3º: Tomen conocimiento Dirección de Rentas, Contaduría, Tesorería y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 5º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese el expediente de habilitación.