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Decreto Nº72

Decreto Nº 72

Bolivar, 10/01/2025

Visto

La nota elevada por la Directora de Políticas de Genero, DDHH y Fortalecimiento Comunitario, y;

Considerando

Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario del agente Figueroa Baldi Aldana, Legajo 2406, quien actualmente cumple con un régimen de 35 hs semanales, y pasara a desempeñarse con un régimen de 48 hs semanales de labor;

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Ampliase a partir del 1 de Enero de 2025, el régimen horario del agente FIGUEROA BALDI ALDANA, DNI 40.548.411, Clase 1997, legajo 2406, a 48 hs semanales de labor.        

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a – Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Fortalecimiento Institucional - Jurisdicción: 1110118000 – Programa: 18 – 00 - 00 - Dirección de Políticas de Genero, DDHH y Fortalecimiento Comunitario.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Figueroa Baldi Aldana en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, según lo determinado por el Decreto N° 65-25.

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.