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Decreto Nº47

Decreto Nº 47

Bolivar, 08/01/2025

Visto

La nota elevada por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que en la misma, solicita se establezca la ampliación del régimen horario de la agente Lanzoni Paula, Legajo 697, quien actualmente cumple con un régimen de 42 hs semanales, y pasara a desempeñarse con un régimen de 48 hs semanales de labor;

Que la designación en el sector permanecerá mientras esté vigente la necesidad que ahora se satisface, sin perjuicio de la cual se evaluarán las capacidades del agente para el caso que fuere menester asignar nuevas tareas y funciones durante el plazo de nombramiento;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Ampliase a partir del 1 de Enero de 2025, el régimen horario de la agente LANZONI PAULA, DNI 30.437.090, Clase 1983, legajo 697, a 48 hs semanales de labor.        

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a - Jurisdicción: 1110114000 – Programa: 01 – 00 - 00 Desarrollo y Coordinación Desarrollo de la comunidad.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Lanzoni Paula en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 23-25.

Articulo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.