Boletines/Bolivar
Decreto Nº 18
Bolivar, 03/01/2025
Visto
La Ordenanza N° 3046/2024, el Decreto N° 2383/2024, de fecha 26 de diciembre de 2024 y la reorganización de la Estructura Jerárquica Municipal para el Ejercicio 2025, y;
Considerando
Que mediante Decreto N° 2283-24, la Sra. Natacha Magali Tullio, ha presentado la renuncia, al cargo que ocupa en Desarrollo y Coordinación de Políticas Superiores, a partir del día 30 de diciembre de 2024.
Que conforme el ARTÍCULO N° 23 de la Ordenanza N° 3046/2024 se procedió a la creación de la SECRETARIA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, como órgano desconcentrado, bajo la dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal;
Que constituye una atribución del Intendente Municipal, designar los funcionarios responsables de cada una de las áreas que integran la estructura funcional de la Municipalidad;
Que en virtud de ello, es menester proceder a la designación del funcionario que habrá de ejercer la titularidad de la Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Fortalecimiento Institucional;
Que la Sra. Natacha Magali Tullio, posee las aptitudes técnicas y la capacidad necesaria para desempeñar el citado cargo,
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determinado en el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
LA NTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Desígnese a partir del 02 de enero de 2025, a la Sra. Natacha Magali Tullio, DNI. 30.437.141, Clase 1983, para desempeñar la función de SECRETARIA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, con un régimen de 48 horas semanales de labor.
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º será imputado a Jurisdicción: Jurisdicción: 1110118000 – Programa: 01.00.00 – Desarrollo y Coordinacion Fortalecimiento Institucional.-
Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la Sra. Natacha Magali Tullio, en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y por el Secretario de Hacienda.
Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.