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Decreto Nº7

Decreto Nº 7

Bolivar, 02/01/2025

Visto

Los diversos eventos que tendrán lugar en el Partido de Bolívar durante el corriente año, y;

Considerando

Que los mismos, ya sean de índole deportiva, cultural o social, revisten especial importancia para el Municipio y la comunidad toda;

Que éstos propenden al desarrollo cultural, comunitario y consecuentemente, a la concreción de una mayor calidad de vida de los vecinos;

Que su repercusión y trascendencia exceden en forma notoria  el marco de un hecho cultural, social, científico y económico común;

Que dadas las circunstancias anteriormente mencionadas el Municipio contribuye económicamente con su desarrollo;

Por ello;

LA INTENDENTA MUNICIPAL INTERINA DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1°: Declárense de Interés Municipal los eventos a realizarse en el Partido de Bolívar durante el corriente año, enumerados a continuación:

  • Fiesta de Reyes
  • Verano Activo (actividades que se realizan durante el verano en el Centro Cívico y las Localidades)
  • Carnavales en Bolívar y las Localidades de Urdampilleta y Pirovano
  • Me EnCanta Bolívar
  • Canta Pirovano
  • Canta Urdampilleta
  • Placeada “Amigos de Plaza Roca”
  • Celebración de las Pascuas en Bolívar y localidades de Urdampilleta, Pirovano y Hale
  • Fiesta del Locro Gigante del 25 de Mayo en Bolívar y localidades de Pirovano, Urdampilleta y Hale
  • Celebración del Día del Amigo y la Fiesta de la Torta Frita en Bolívar y localidades de Urdampilleta, Pirovano y Hale
  • Súper Vacaciones de Invierno con propuestas de música, espectáculos artísticos teatrales, magia, dirigidos a la familia en Bolívar, y localidades de Urdampilleta y Pirovano
  • Celebración del día del niño en Bolívar y localidades de  Urdampilleta, Pirovano y Hale
  • Juegos Bonaerenses
  • Festival del Cine Nacional “Leonardo Favio”
  • Celebración del Día de la Tradición en Bolívar y localidades de Urdampilleta, Pirovano y Hale
  • Encendido del Árbol de Navidad gigante en Bolívar y Urdampilleta, Pirovano y Hale
  • Llegada de Papá Noel en Bolívar y localidades de Urdampilleta, Pirovano y Hale

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 3º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archivase.