Boletines/Tandil
Decreto Nº 1219/2025
Tandil, 06/05/2025
Visto
La Adenda suscripta al Convenio de Colaboración firmada con el Hogar San José y de acuerdo a lo establecido en su cláusula primera con el pago de siete (7) medias becas mensuales, y a lo establecido en su cláusula segunda con su vigencia desde el 01/02/25 al 31/07/25, a efectos de otorgar un subsidio y;
Considerando
Que al respecto se han expedido la Secretaría de Economía por sus áreas la Dirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorícese a Contaduría General a extender orden de pago con cargo de rendición de cuentas a la Asociación Civil Santo Domingo de Guzmán – C.U.I.T. 30-70742776-7, por la suma de pesos ocho millones seiscientos sesenta mil ochocientos ochenta y tres ($ 8.660.883,00).
Artículo 2°: El subsidio se abonará de acuerdo al siguiente detalle:
• Valor media Beca Febrero: ($ 412.032,50) - Total 7 medias becas: ($ 2.884.227,50)
• Valor media Beca Marzo: ($ 412.032,50) - Total 7 medias becas: ($ 2.884.227,50)
• Valor Media Beca Abril: ($ 431.204,00) - Total 7 medias becas: ($ 2.892.428,00)
Para los restantes periodos convenidos, el valor a abonar se ajustara mes a mes de acuerdo a lo establecido por el índice de IPC correspondiente.
Artículo 3°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida que indica la Dirección de Presupuesto.
Artículo 4°: El presente decreto será refrenado por la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Juliana Teerink (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat - Intendencia