Boletines/Rauch

Decreto Nº241/25

Decreto Nº 241/25

Rauch, 19/03/2025

Visto

Los Decretos Nº 260/24, 772/24 y 185/25.-

Las Leyes Nº 24.714 y 14.656; y

Considerando

Que en virtud de lo establecido en la Ley Nº 24.714 se instituye con alcance nacional y obligatorio un régimen de asignaciones familiares y que se encuentran detalladas en su artículo sexto.

Que mediante la Ley 14.656 se regula las relaciones de empleo público de los trabajadores de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y expresamente en su artículo 76 determina que el trabajador gozará de asignaciones familiares por cargas de familia y sus derecho-habientes subsidios por fallecimiento. Las asignaciones familiares se regirán conforme a la legislación nacional en cuanto a sus tipos, y de acuerdo a la normativa municipal en lo que respecta a montos, topes, procedimientos para el otorgamiento y percepción del beneficio. …”

Que, en este sentido, mediante el Decreto Nº 260/24 se reglamentó el régimen de Asignaciones Familiares de Nacimiento, Adopción, Matrimonio, Prenatal, Hijo e Hijo con discapacidad para el año 2024 y particularmente en el artículo noveno se estableció que podrán actualizarse los montos de las Asignaciones Familiares en marzo y septiembre.

Que, la Municipalidad de Rauch abonará en concepto de Asignaciones Familiares de Nacimiento, Adopción, Matrimonio, Hijo/Prenatal e Hijo con Discapacidad, estableciendo diferentes rangos de acuerdo a los ingresos del grupo familiar y un tope de ingresos del grupo familiar equivalente a dos montos de la categoría 25 con una carga horaria de cincuenta y cuatro (54) horas semanales, como así también el tope por ingreso individual, el que corresponderá al monto equivalente a una categoría 25 con una carga horaria de cincuenta y cuatro (54) horas semanales conforme la escala salarial establecida en el Decreto Nº 185/25.

Que, en ese sentido, los montos a abonar para el mes de marzo del corriente año son los establecidos mediante el Decreto Nº 772/24, actualizando su valor en un 16,99% de acuerdo a la inflación informada para los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2024 y enero, febrero de 2025 y el proporcional correspondiente según cada rango por ingreso familiar o individual.

Que, en lo que respecta al pago de las asignaciones por hijo/prenatal e hijo con discapacidad, además de establecerse diferentes rangos de ingresos por grupo familiar, el porcentaje del incremento del 16,99% se verá implementado de acuerdo a diferentes porcentajes del 100, 75, 50 y 25 % respectivamente.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Fijar, a partir del mes de marzo del corriente año, los rangos y montos vigentes para el pago de Asignaciones familiares de Nacimiento, Adopción, Matrimonio, Hijo/Prenatal e Hijo con discapacidad, para todos aquellos agentes de la Administración Central y Organismo Descentralizado Hospital Municipal “Gral. Eustoquio Díaz Vélez”, que presenten a término la documentación requerida ante las oficinas correspondientes y que cumplan con los requisitos exigidos para tal fin.

 

Artículo 2do.- Abonar en concepto de Asignación por hijo/Prenatal según el siguiente detalle:

  • IGF hasta $756.656 (cat. 23 x 35 hs.)                                                          $39.028
  • IGF entre $756.656 y $1.118.769 (cat. 23 x 35 a cat. 25 x 40 hs.)             $29.271
  • IGF entre $1.118.769 y $ 1.510.338 (cat. 25 40 hs. a cat. 25 x 54 hs.)       $19.514
  • IGF entre $1.510.338 y $ 3.020.676 (cat.25 x 54 hs a 2 cat. 25 x 54 hs.)   $9.757

Artículo 3ro.- Abonar en concepto de Asignación por hijo con discapacidad según el siguiente detalle:

  • IGF hasta $756.656 (cat. 23 x 35 hs.)                                                          $127.086
  • IGF entre $756.656 y $1.118.769 (cat. 23 x 35 a cat. 25 x 40 hs.)             $95.315
  • IGF desde $ 1.118.769 (cat. 25 x 40 hs.)                                                    $63.543

Artículo 4to.- Abonar en concepto de Asignación por matrimonio según el siguiente detalle:

  • IGF hasta $3.020.676   (2 cat. 25 x 54 hs.)                                                  $68.119

Artículo 5to.- Abonar en concepto de Asignación por adopción  según el siguiente detalle:

  • IGF hasta $ 3.020.676 (2 cat. 25 x 54 hs.)                                                   $272.033

Artículo 6to.- Abonar en concepto de Asignación por nacimiento según el siguiente detalle:

  • IGF hasta $  3.020.676 (2 cat. 25 x 54 hs.)                                                  $45.492

Artículo 7mo.- Establecer que si un integrante del grupo familiar percibe el importe bruto superior al equivalente del haber mensual correspondiente a una categoría 25 del escalafón municipal con una carga horaria de cincuenta y cuatro (54) horas semanales y/o el grupo familiar percibe un importe bruto superior al equivalente al haber mensual  correspondiente a dos categoría 25 con una carga horaria de cincuenta y cuatro (54) horas semanales conforme la escala salarial establecida en el Decreto Nº 185/25, se excluyen del cobro de asignaciones familiares al grupo familiar.-

Artículo 8vo.- Establecer que las Asignaciones familiares de Nacimiento, Adopción, Matrimonio, Hijo/Prenatal e Hijo con discapacidad, podrán ser actualizables en cuanto a los montos en los meses marzo y septiembre de cada año, conforme lo disponga el Departamento Ejecutivo.-

 

Artículo: 9no.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-

 

Artículo 10mo.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-

 

Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.