Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 168/2025
Adolfo Gonzales Chaves, 25/02/2025
Visto
Que en la cocina del Hospital Local “Anita Eliçagaray” se están realizando diversas tareas de reparación edilicia, lo que impide el normal desarrollo de las actividades inherentes al área;
Considerando
Que, por tal motivo, la elaboración del “menú” diario para las personas internadas en el mismo, se realiza en instalaciones de la cocina del Sector Industrial Planificado, para su posterior traslado;
Que, ello implica que el personal necesario deba movilizarse diariamente desde sus domicilios al Sector Industrial Planificado;
Que el artículo 33º inciso 3 del Convenio Colectivo de Trabajo establece el pago de una compensación por movilidad al personal, para atender los gastos personales de traslado que origine el cumplimiento de una comisión de servicio;
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Abonar, con retroactividad al día 1 de enero de 2025 y mientras dure la realización de la obra mencionada en los considerandos, el pago mensual de una compensación por movilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del básico de la categoría inicial de 35 horas semanales, que se abonará al personal afectado a las tareas de cocina en el Sector Industrial Planificado pertenecientes al área del Hospital Local. Dicho pago se efectuará respecto del personal que informe la Secretaría de Salud al Director de Liquidaciones, mediante certificación de trabajos realizados y no estará sujeto a aportes ni contribuciones previsionales y/o asistenciales correspondientes, así como tampoco será computable para el cálculo de otro adicional, suplemento, bonificación, ni sueldo anual complementario.-
ARTÍCULO 2º.- El pago de la compensación establecida, será imputado a la cuenta del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda.-
ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Oficina de Personal, Director de Liquidaciones y Directora del Hospital.-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-