Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº157/2025

Decreto Nº 157/2025

Adolfo Gonzales Chaves, 21/02/2025

Visto

El Expediente 4055-11-2025, mediante el cual se tramita Asistencia Financiera para Abonar Alojamiento/Pensiones a Personas con Problemas Socio-Ambientales que no cuentan con recursos económicos y no tienen garantizadas las necesidades básicas que permitan mejorar su calidad de vida; y

Considerando

Lo solicitado por la Directora de Igualdad Social a fojas 18;

El informe de la Trabajadora Social de la Curaduría Oficial del Departamento Judicial Bahía Blanca, Lic. María del Pilar Leoni, obrante a fojas 19/21;

El informe de Contaduría Municipal, de donde surge partida presupuestaria donde se imputará el gasto tramitado en el presente decreto;

Que resulta necesario brindar la asistencia institucional, para garantizar el bienestar de las personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad; 

Por ello;

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a LUIS ALEJANDRO LEONARDI, DNI Nº 25.639.503, una ayuda económica de pesos setenta mil ($ 70.000) mensuales, desde el mes de enero hasta el mes diciembre de 2025.- El Sr. Leonardi se encuentra actualmente cursando una internación en la Clínica José Ingenieros de la ciudad de Necochea con diagnóstico de retraso mental moderado con conductas psicóticas y recurrentes transgresiones, que lo colocan en una situación de vulnerabilidad.- Los pagos deberán realizarse mediante depósito judicial en la cuenta autos alimentaria Nº 6205-0510769/7 - CBU 0140334127620551076971 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tres Arroyos.-

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110136000 Secretaria de Gobierno

Programa 26.02.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163

Fuente de financiamiento 132: de origen provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.3.0 Becas

 

ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Igualdad Social.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-