Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 133/2025
Adolfo Gonzales Chaves, 13/02/2025
Visto
Las funciones propias de las trabajadoras municipales Ana Karina Valdez y Natalia Emilia Ricau, que cumplen tareas en el área de enfermería del Hospital Anita Elicagaray; y
Considerando
Que las trabajadoras Valdez y Ricau, han manifestado su interés de no integrar la nómina de enfermeros que desempeñan funciones en el servicio de Ambulancia, para de esta manera desempeñar funciones en el área de Oncología;
Las atribuciones emanadas de la Ley 14.656, artículo 6º, último párrafo, que reza: “Los derechos detallados son meramente enunciativos y el Municipio podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones”;
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Establecer a partir del día 1 de febrero de 2025, una bonificación por disponibilidad, equivalente al 30% del básico de la categoría inicial de 35 horas semanales, que se abonará a las trabajadoras municipales a referir, quienes prestan servicios de Enfermería en el área de Oncología del Hospital Anita Elicagaray. Las trabajadoras son:
Ana Karina Valdez, DNI Nº 30.665.158, Legajo Nº 1467 y
Natalia Emilia Ricau, DNI Nº 32.435.180, Legajo Nº 1767.-
ARTÍCULO 2º.- Dejar constancia que desde el día 1 de febrero de 2025, las trabajadoras municipales Ana Karina Valdez y Natalia Emilia Ricau, no integrarán la nómina de enfermeros que desempeñan funciones en el servicio de Ambulancia.-
ARTÍCULO 3º.- El adicional mencionado será imputado a la partida del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda para cada caso.-
ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Oficina de Personal, Director de Liquidaciones y Directora del Hospital local.-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-