Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 118/2025
Adolfo Gonzales Chaves, 10/02/2025
Visto
El Expediente 4055-77-2023, mediante el cual la “ASOCIACIÓN CIVIL CHAVES ROCK” solicita autorización para realizar un evento musical denominado “CHAVES ROCK 2025” a llevarse a cabo el día sábado 15 del corriente mes de febrero en el predio “Casa de Campo” ubicado en Av. Belgrano Nº 145 de esta ciudad;
Que a fojas 109, el Presidente de la Comisión Chaves Rock, Ezequiel Aguilera, informa la nómina de personas que estarán a cargo de la seguridad del evento, uniendo a fojas 119, 119vta., 120 y 120 vta., las correspondientes fotocopias de DNI;
Que, a fojas 114 la Directora del Hospital local informa la disponibilidad del servicio de ambulancia con chofer durante el evento;
Que, a fojas 115 el Jefe del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios, confirma la asistencia del servicio de guardia efectiva durante el desarrollo del evento;
Que a fojas 116/118 se agregó Seguro de Responsabilidad Civil emitido por Federación Patronal, con vigencia desde el 15-02-2025 hasta el 16-02-2025, con cobertura hasta 400 espectadores por evento;
Que a fojas 121, obra el croquis del predio donde se realizará el mencionado evento;
Que a fojas 126 y 127, se adjuntan los informes emitidos por la Directora de Ingresos Públicos y por el Jefe del Juzgado de Faltas Municipal, respectivamente, de donde surge que la Asociación Civil y su Presidente no registran deudas municipales exigibles a sus nombres;
Que, a fojas 128 interviene el Secretario de Seguridad, quien manifiesta que se deberá tramitar el correspondiente Certificado de Seguridad Antisiniestral en la Dirección de Bomberos De La Garma, ya que al montarse un escenario hay tendido eléctrico;
Que a fojas 129, 129vta., 130, 130vta. y 131, consta agregado Contrato de Comodato de Uso Gratuito celebrado con Ferrosur Roca S.A. y la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves;
Que a fojas 132, la Directora de Cultura y Turismo de esta Municipalidad, informa que cede en carácter de comodato de uso gratuito a la Asociación Civil Chaves Rock el espacio para desarrollar el evento mencionado;
Que a fojas 133 dictaminó la responsable a cargo de la Dirección de Asesoría Letrada;
Que a fojas 134/155, obra el informe sobre Asesoramiento Técnico de Obra en Materia de Seguridad Antisiniestral para evento musical emitido por la Dirección de Bomberos De La Garma, con validez para la fecha del evento, es decir desde la hora 20:00 del día sábado 15-02-2025 hasta la hora 01:00 del día domingo 16-02-2025;
Que a fojas 157, se agrega informe del Jefe de la Oficina de Industria y Comercio; y
Considerando
Que este Departamento Ejecutivo considera que se encuentran reunidos los requisitos para otorgar la autorización del evento mencionado y también la venta de bebidas alcohólicas, en forma temporaria en el marco de la Ley 13.178 del Registro Provincial para comercialización de Bebidas Alcohólicas (ReBa);
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la “ASOCIACIÓN CIVIL CHAVES ROCK” a realizar un evento musical denominado “CHAVES ROCK 2025” a llevarse a cabo el día sábado 15 del corriente mes de febrero, en el predio “Casa de Campo” ubicado en Avenida Belgrano Nº 145 de esta Ciudad.-
ARTÍCULO 2º.- De acuerdo a Reglamentación vigente, la venta de bebidas alcohólicas en eventos populares como el que organiza la mencionada Asociación, sólo podrá realizarse dentro de un predio debidamente enmarcado y controlado, quedando prohibida la venta de alcohol a menores de 18 años.- Se deja establecido que estará autorizada la venta de bebidas en “latas” y/o en vasos, copas ó similares que no superen los 350ml.-
ARTÍCULO 3º.- La presente autorización queda sujeta y condicionada a: 1) dar cumplimiento a toda normativa nacional y/ó provincial aplicable a la actividad a desarrollarse; 2) cumplir el horario establecido para la permanencia de público dentro del predio; y 3) presentar el comprobante de pago que acredite la autorización expedida por SADAIC.- Cualquier incumplimiento y/ó infracción a la normativa vigente y a lo establecido en el presente decreto será total responsabilidad de la comisión organizadora.- Ante eventuales hechos de disturbios en la vía pública, próximo al lugar del encuentro ó dentro del predio, originados por personas alcoholizadas se revocará automáticamente la presente autorización, sin que la misma sea motivo de revisión (arts. 2 y 6 de la Ley 14050, modif. y cctes).-
ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Secretario de Seguridad, Juzgado de Faltas, Dirección de Asesoría Letrada y Oficina de Industria y Comercio.-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-