Boletines/Zárate

Resolución Nº4169/25

Resolución Nº 4169/25

Zárate, 24/04/2025

Visto

La actualización, en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en la provincia de Buenos Aires; y,

Considerando

Que, la ley tiene como objetivo registrar a todas las personas obligadas al pago de alimentos con sentencia firme o convenio homologado que adeudan un determinado número de cuotas.

Que el día 28 de marzo en la legislatura Bonaerense se aprobó el proyecto que actualiza el (RDAM) Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Que, la nueva legislación permitirá inscribir al deudor desde el primer incumplimiento del pago de la cuota alimentaria y también alcanzar a empleadores y acreedores.

Que, esta iniciativa permite agilizar el proceso para el reclamo y cobro correspondiente de la cuota alimentaria de niñas, niños y adolescentes, Además, es fundamental para fortalecer la autonomía de las mujeres y equiparar las condiciones de desigualdad de poder que actualmente presentan los procesos de pagos de alimentos.

 

Que, el incumplimiento de la cuota alimentaria es una violación de un derecho esencial de los niños, niñas y adolescentes. Como establece la ley 26485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales”, la violencia económica y patrimonial es la que se dirige a ocasionar el menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de las mujeres.

Que, en la nueva modificación se incluye que los deudores alimentarios no podrán ser candidatos a cargos públicos ni en la provincia ni en los municipios, y se incorpora los requisitos de presentar el libre deuda expendido por el RDAM, para las designaciones de magistrados, funcionarios o empleados de cualquiera de los tres poderes del estado provincial y municipal.

Que, no podrá tramitar habilitaciones de comercio o industrias, no podrán abrir una cuenta corriente o renovar tarjeta de crédito, no podrán solicitar o renovar créditos en la banca pública provincial, no podrán inscribirse en el registro central de aspirantes a guarda con fines adoptivos entre otros.

Que, esta norma complementa la ley 15.513 del año 2024, sobre obligación alimentaria,

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades sanciona la siguiente:

R E S O L U C I O N Nº 4 1 6 9.-

ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Zarate, expresa su Beneplácito a la aprobación de la actualización el día 28 de marzo en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires en la ley de, “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, donde incluye que los candidatos a cargos públicos, en la provincia y en los municipios deben presentar la libre deuda del RDAM. 

ARTÍCULO 2°.- Una vez aprobada la misma, dese a difusión a través de todos los medios de comunicación del Partido de Zárate. 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veinticuatro días del mes de Abril de dos mil veinticinco.