Boletines/Patagones

Ordenanza Nº4377

Ordenanza Nº 4377

Patagones, 20/02/2025

Visto y considerando

                                    El expediente 4084-100/2025, y:

                                  Que, a fojas 02 el señor Lucas Ezequiel Olivero, DNI 35.058.610 solicita la habilitación de un espacio físico dentro del ejido municipal para la instalación de un carro gastronómico para llevar adelante su emprendimiento llamado “Entre Puentes”.     

                                 Que, dicha solicitud se argumenta en la necesidad de contar con una fuente de ingresos para el sostenimiento familiar por haber sido despedido de su lugar de trabajo en el mes de diciembre de 2024 tras 14 años de prestación de servicios.

                          Que, la propuesta gastronómica que piensa llevar adelante se destaca por la producción y venta de hamburguesas caseras, papas fritas, pancos, lomos y bondiolas, como también rabas y langostinos rebozados.

                                  Que, de fojas 03 a 15 del mencionado expediente se presenta toda la documentación requerida para la habilitación de dicho carro gastronómico. 

                              Que, en foja 16 se eleva una nota del Director de Inspección General, Jorge Ipuche, solicitando a la cartera de Obras Públicas el uso del espacio público en el barrio ProCrear para la instalación del carro gastronómico.  

                                Que, también se solicita la aprobación de ese espacio público para el carro de dicho comerciante en la calle Jorge Newbery y Álvarez García.    

                                Que, es facultad de este Honorable Concejo Deliberante, dictar la norma correspondiente administrativa.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º:  Apruébese el uso del espacio público para el carro “Entre Puentes” en la calle Jorge Newbery y Álvarez García a pedido del señor Lucas Ezequiel Olivero, DNI 35.058.610. -

ARTICULO 2º: El señor Lucas Ezequiel Olivero, DNI 35.058.610, titular del carro gastronómico se hará responsable ante eventuales daños materiales que hubiese en el mencionado espacio público autorizado, haciéndose cargo de reparaciones y perjuicios ocasionados en el mismo. -

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá al cobro del canon correspondiente. -

ARTICULO 4º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación. -

PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PARTIDO DE PATAGONES

VERONICA MARIEL CINIRELLA

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA PRIMER SESION EXTRAORDINARIA DEL DIA 19-02-2025. PERIODO 2025 -  1º REUNION. BIMODAL APROBADO POR UNANIMIDAD.