Boletines/Campana
Resolución Nº 2782/25
Campana, 20/03/2025
Visto
La necesidad de crear y fomentar políticas públicas en base a datos; y
Considerando
Que la educación es un derecho que debe estar garantizado para todos los niños, niñas y adolescentes de nuestro país. El Estado no puede privarlos de este derecho esencial, no sólo para el desarrollo y aprendizaje o como motor que permite crecer y salir de la pobreza, sino también como herramienta esencial si queremos crecer como sociedad y como Nación. Educar y proveer de más y mejores herramientas a nuestras generaciones futuras es vital si queremos mitigar y reducir nuestros problemas actuales y comenzar a tener un mejor país;
Que debemos contar con información precisa por parte de las autoridades correspondientes acerca de la deserción escolar y la situación educativa en nuestro país, así como también cuáles son las medidas a llevar a cabo para contrarrestar las consecuencias de las acciones tomadas por nuestros estudiantes a nivel inicial, primario y secundario;
Que sin lugar a dudas afirmamos que la herencia de los años 90 sigue siendo nociva para nuestro sistema educativo, ya que fracturó en mil pedazos la enseñanza secundaria y creó niveles cada más grandes de desigualdad;
Que estamos convencidos de que esta triste realidad debe ser resuelta con una verdadera política de Estado que tome en cuenta a los niños, niñas y adolescentes como protagonistas del futuro;
Que, el conocimiento que la escuela tiene sobre los/as estudiantes y sus familias permite realizar una detección temprana de las situaciones que merecen ser atendidas. Asimismo, el vínculo de confianza que puede establecerse entre los equipos de enseñanza, los estudiantes y las familias, junto con una utilización estratégica de los recursos locales, hace posible que a esta lectura preventiva se responda con estrategias de acompañamiento específicas para atender las situaciones de ausentismo que aquellas que puedan derivar en abandono escolar;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
R E S O L U C I Ó N :
ARTÍCULO 1º.- Solicítase a la Jefatura Distrital Regional N° 11, designado por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, envie un informe detallando la cantidad de alumnos que concurren a Jardín de Infantes, Escuela Primaria y Escuela Secundaria de nuestra Ciudad.-
ARTÍCULO 2°.- Envíese copia de la presente al Consejo Escolar de la Ciudad de Campana.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cumplido, archívese.-