Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº39

Resolución Nº 39

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/04/2025

VISTO

 

Que el 7 de marzo de 2025 se produjo una de las peores inundaciones registradas en la ciudad de Bahía Blanca, siendo el Barrio La Cañada uno de los sectores afectados, donde las aguas alcanzaron un promedio de 90 cm dentro de las viviendas, provocando pérdidas totales en muebles, electrodomésticos, documentación personal y vehículos, situación que no solo provocó daños materiales, sino también un profundo impacto emocional en las familias afectadas de toda Bahía Blanca, Ing. White y Gral. Cerri, muchas de las cuales no logran recuperar su estado previo al evento catastrófico, y

 

CONSIDERANDO

 

Que ante esta emergencia climática, estos vecinos como tantos otros debieron auto evacuarse en su mayoría a las instalaciones del Dow Center y al Ejército Argentino, en el marco de la respuesta solidaria entre ciudadanos.

 

Que muchos vecinos se encuentran imposibilitados de completar su solicitud debido a que el sistema digital exige el NIS de EDES, mientras que el servicio eléctrico del barrio es provisto por la Cooperativa Eléctrica de Cabildo, la cual no emite dicho identificador.

 

Que esta situación les impide formalizar la solicitud del subsidio, cuya inscripción finaliza el 15 de abril de 2025, dejando a numerosas familias afectadas fuera de la ayuda estatal en desigualdad de acceso ante una catástrofe que atravesó a todos los estratos sociales por igual.

 

Que el principio de equidad debe ser transversal a todas las políticas públicas. El Estado Nacional no puede permitir que cuestiones burocráticas o tecnológicas se transformen en barreras de acceso a derechos fundamentales, especialmente en contextos de emergencia humanitaria como el actual.

 

Que los vecinos del barrio La Cañada están siendo excluidos al acceso de la ayuda/subsidio nacional por una cuestión puramente técnica y administrativa: el sistema de solicitud requiere el NIS de EDES, cuando el barrio se abastece eléctricamente a través de una cooperativa. Esta diferencia no debería excluirlos del beneficio, ya que la condición de damnificados es objetiva y comprobable.


Que el SINAME (Sistema Nacional de Alertas y Monitoreo de Emergencias) debe reflejar todas las zonas verdaderamente afectadas por catástrofes y permitir con la constatación correspondiente la inclusión de zonas afectadas por este evento catastrófico.

 

Que la inscripción al subsidio nacional finaliza el 15 de abril de 2025 y cuenta con un tope presupuestario. Si no se actúa con celeridad, los vecinos del Barrio La Cañada quedarán excluidos de un beneficio que les corresponde por derecho y necesidad, reproduciendo desigualdades en el acceso a la ayuda estatal.


Que la solicitud de inclusión en el SINAME y la adecuación del sistema de subsidios no responde a un interés individual o aislado, sino que ha surgido del consenso entre vecinos que viven la misma situación. El reclamo es colectivo, legítimo y respaldado por evidencia concreta de los daños sufridos.


Que la situación planteada expone la necesidad de revisar los mecanismos de inscripción y validación de damnificados en casos de emergencia, buscando que la ayuda llegue directamente a los realmente damnificados sin intermediarios, contemplando alternativas y excepciones justificadas como la de los usuarios de cooperativas eléctricas y zonas que a pesar de su altura/nivel de construcción, fueron gravemente afectadas.

 

Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades,

 

R E S U E L V E

 

Artículo 1° - Solicitar al Ministerio de Seguridad de la Nación Argentina, a través de los organismos correspondientes, la inclusión inmediata del Barrio “La Cañada” de la ciudad de Bahía Blanca en el Sistema Nacional de Alerta y Monitoreo de Emergencias (SINAME) como zona afectada por inundación con fecha 7 de marzo de 2025.

 

Artículo 2° - Solicitar al Ministro de Economía de la Nación Argentina la adecuación urgente del sistema digital de inscripción al subsidio nacional para damnificados por catástrofes naturales, a fin de permitir el ingreso de usuarios eléctricos registrados bajo cooperativas eléctricas debidamente autorizadas, habilitando la validación a través del número de usuario o CUIT de la cooperativa.

 

Artículo 3° - Remítase copia de la presente al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación Argentina, al Ministerio de Economía de la Nación y a la Municipalidad de Bahía Blanca, para su conocimiento y articulación con los organismos pertinentes, con el fin de garantizar el acceso equitativo y efectivo al subsidio nacional para los vecinos del Barrio La Cañada.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.