Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 41
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/04/2025
VISTO
El grave fenómeno climatológico que azotó nuestra ciudad y zona de influencia el pasado 7 de marzo y que ha generado consecuencias de extrema gravedad, pérdidas de vidas humanas e incalculables daños materiales y lo acaecido puntualmente en la localidad de General Daniel Cerri.
Y CONSIDERANDO:
Que la magnitud de la catástrofe climática, con precipitaciones de más de 400 mm en 8 horas, ha provocado una situación de emergencia sin precedentes en la ciudad y los municipios vecinos lo que se ha reflejado en la declaración de emergencia ambiental económica y habitacional, aprobada en la Cámara de Diputados de la Nación por el término de noventa (90) días, prorrogables por igual plazo por el Poder Ejecutivo Nacional, en la Ciudad de Bahía Blanca, y en todos los municipios afectados de la Provincia de Buenos Aires, por el temporal que comenzó el día 7 de marzo de 2025.
Que en el mismo sentido, a nivel provincial, el Gobernador Axel Kicillof, a través del Decreto Nº 316/2025, declara en emergencia, en el marco de las previsiones de la Ley N° 11.340, por el plazo de treinta (30) días desde el dictado del presente, a los partidos de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Villarino, Puan, Coronel Suárez, Adolfo Alsina y Guaminí; a efectos de la realización de obras urgentes y la implementación de las acciones necesarias para solucionar o aliviar las consecuencias de desastre producidas, evitar las agravaciones humanitarias que de él pudieran derivarse y reparar los daños producidos o que se produzcan como consecuencia de este fenómeno climatológico.
Que a través del Decreto Nº 394/2025 se declaró en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos, en tanto persistan los motivos que llevaron a su dictado, a efectos de adoptar todas las medidas tendientes a remediar y aliviar las consecuencias disvaliosas, salvaguardar la integridad física de la población, preservar la seguridad vial, así como reparar los daños producidos o que se produzcan como consecuencia del desastre meteorológico ocurrido el día 7 de marzo de 2025.
Que a través de la Ordenanza Nº 22.025, aprobada el 21 de marzo del corriente año en este HCD se declara la emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos, en tanto persistan los motivos que llevaron a su dictado a efectos de adoptar todas las medidas tendientes a remediar y aliviar las consecuencias disvaliosas, salvaguardar la integridad física de la población, preservar la seguridad vial, así como reparar los daños producidos o que se produzcan como consecuencia del desastre meteorológico del día 7 de marzo del año 2025.
Que desde el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se anunció el Plan de Reconstrucción Integral de Bahía Blanca, cuya inversión asciende a 192 mil millones de pesos. La ejecución de dicho Plan está a cargo del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos provincial y se divide en tres líneas de acción con intervenciones prioritarias durante el 2025, que permitirán comenzar a reconstruir la infraestructura dañada por el temporal: la primera etapa será la Refuncionalización del Canal Maldonado, partidor, puentes y las losas afectadas, que abarca también la derivación de caudales por una inversión de $80.000 millones; y la reconstrucción de 6 de los 15 puentes ubicados a lo largo del canal que quedaron afectados por una inversión de $15.000 millones. En una segunda etapa, se llevará a cabo un Estudio Integral de la Cuenca para definir futuras intervenciones que permitirá determinar las acciones de infraestructura necesarias para mitigar los impactos de los eventos climáticos.
Una segunda línea de acción, en articulación con el Ministerio de Salud, para ejecutar obras de refuncionalización y reparación integral del Hospital Interzonal General de Agudos “Dr. José Penna”, por una inversión de $22.000 mil millones, que contempla obras en el subsuelo, donde funcionaban las áreas de Neonatología y Guardia Médica, además de la sala de máquinas. Una vez abordada las necesidades prioritarias, se desarrollará un proyecto para trasladar estas áreas a otros espacios.
El tercer eje será la creación de un Fondo de reconstrucción de Infraestructura Urbana para ejecutar obras que reemplacen y recuperen las instalaciones afectadas en toda la ciudad, por una inversión de $75.000 millones de inversión que incluyen reparación de pavimentos y accesos; reemplazo de equipamiento urbano como espacios públicos y veredas; adecuación de sistemas de pluviales y desagües urbanos y recambio de cañerías de agua y cloacas.
Que del detalle de los trabajos a ejecutar detallado a través de diferentes medios y en la web del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se deduce que, en el Plan de Reconstrucción Integral de Bahía Blanca, no se ha contemplado el análisis y la evaluación del impacto del desborde del cauce del Arroyo Saladillo de García en el acceso a la localidad de General Cerri y la ejecución de obras hídricas en dicho curso de agua.
Que General Daniel Cerri fue uno de los sectores que más sufrió el impacto de la inundación del 7 de marzo, que quedó prácticamente aislada de la ciudad de Bahía Blanca debido a la gran acumulación de agua, sobre todo en el acceso a la misma a raíz del desborde del Arroyo Saladillo de García que cruza el acceso a la localidad.
Que de acuerdo a un trabajo de investigación elaborado por Marilina González, Becaria Interna Doctoral del CONICET, Jorge Gentili, Profesor Adjunto del Departamento de Geografía y Turismo de la UNS e Investigador Adjunto del CONICET y Verónica Gil, Profesora Adjunta del Departamento de Geografía y Turismo de la UNS e Investigadora Adjunta del CONICET , denominado “Cambios en la red hidrográfica en un sector periurbano de Bahía Blanca debido a la influencia antrópica” que fue publicado en Geográfica Digital, Revista del Instituto de Geografía de la UNNE, la cuenca baja del arroyo Saladillo de García ha experimentado en los últimos años una notoria intervención producto del avance de la urbanización y las actividades vinculadas a ello.
Que en ese mismo trabajo se señala que “La expansión urbana e industrial produjo principalmente modificaciones en la configuración de la red de drenaje en áreas propensas a anegamientos e inundaciones debido principalmente a los bajos valores de las pendientes del terreno (…) En estas áreas, afectadas naturalmente por anegamientos e inundaciones, se observó una configuración hidrogeomorfológica fuertemente influenciada por la diversidad en los usos del suelo reconociéndose distintas intervenciones antrópicas tales como la rectificación y canalización de los cursos fluviales y tramos rectilíneos adaptados al trazado urbano.”
Que la cuenca del arroyo Saladillo de García posee un área total de 834 km2 y comprende como cauces principales a los arroyos Saladillo (o Dulce) y Saladillo de García, que nacen y se desarrollan en un ambiente de llanura. El arroyo tiene sus nacientes en proximidades de la vertiente suroccidental del Sistema de Ventania y desemboca en el estuario de Bahía Blanca.
Que este sector ha experimentado en las últimas décadas “un acelerado proceso de reconversión en los usos del suelo asociado principalmente a la concreción de importantes ejes viales y al avance de la urbanización y sus actividades vinculadas. En cercanías a la desembocadura del arroyo se localiza un importante sector hortícola donde se desarrollan modos de vida predominantemente rurales. En la actualidad, el área de estudio se caracteriza por presentar diversas formas de producción y apropiación del territorio que interactúan entre sí dando lugar a una complejidad territorial particular en donde prevalecen en un mismo espacio actividades de tipo industriales, agrícola-ganaderas y hortícolas con usos del suelo residenciales” (González, Gil y Gentili, 2017; González 2018).
Que en el área descripta “se han registrado cambios en el trazado de los canales asociados principalmente al crecimiento y desarrollo de la ciudad como la expansión de áreas urbanizadas, el establecimiento de nuevas industrias y la instalación de infraestructuras vinculadas al sector portuario (redes de gasoductos y poliductos). Este sector de la cuenca está caracterizado por presentar gradientes de pendientes bajos a muy bajos por lo que la energía morfogenética es relativamente nula. Esto da como resultado una hidrografía superficial descoordinada en donde predominan movimientos del agua en forma laminar o en manto y presencia de sectores anegados en algunos sectores. En áreas donde el flujo hídrico alcanza a formar cauces y canales, éstos son discontinuos y efímeros. Bajo este contexto y asociado a las precipitaciones intensas y variables en tiempo y espacio, las inundaciones y anegamientos prolongados son la característica principal de esta zona (González, 2018)”
Que entre las conclusiones del trabajo elaborado por los investigadores del CONICET se establece que existen zonas naturalmente anegables y que presentan peligro de inundación en momentos de exceso de precipitaciones. El cambio más representativo del área lo constituye el sector ocupado por TGS y TGB, donde oportunamente se llevaron a cabo acciones directamente sobre las geoformas fluviales modificando las formas, los procesos de transporte de sedimento y la función reguladora de la llanura de inundación.
Que es prioritario que se lleven a cabo los estudios correspondientes respecto a la situación actual del curso del Arroyo Saladillo de García y que se lleven a cabo las intervenciones que sean necesarias a fin de evitar futuros desbordes; para lo cual también requerimos que el Gobierno Provincial incluya en Plan de Reconstrucción Integral de Bahía Blanca el estudio y evaluación del curso del Arroyo Saladillo de García y análisis de la viabilidad técnica y ejecución de obras para el desvío de su cauce, un canal aliviador o aquellas que considere necesarias a fin de evitar futuras inundaciones en la localidad de General Daniel Cerri.
Por todo lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
PRIMERO - Solicitar a la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Provincia de Buenos Aires que, en coordinación con el Municipio de Bahía Blanca y con los Organismos Gubernamentales de jurisdicción provincial con competencia en la materia, arbitre los mecanismos para realizar un estudio exhaustivo del curso del Arroyo Saladillo de García y analice la viabilidad técnica de ejecutar obras para el desvío de su cauce, un canal aliviador o aquellas que sean necesarias a fin de evitar futuros desbordes e inundaciones en la localidad de General Daniel Cerri.
SEGUNDO - Solicitar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires que incluya en el Plan de Reconstrucción Integral de Bahía Blanca el estudio y evaluación del curso del Arroyo Saladillo de García y análisis de la viabilidad técnica y ejecución de obras para el desvío de su cauce, un canal aliviador o aquellas que sean necesarias a fin de evitar futuros desbordes e inundaciones en la localidad de General Daniel Cerri.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.