Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0756/25

Decreto Nº 0756/25

Mar Chiquita, 07/04/2025

Visto

La nota presentada por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon solicitando la designación del siguiente profesional para prestar atención en el Hospital Municipal Eustaquio Aristizabal dependiente de dicha Secretaria; y

Considerando

Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en sus artículos 108 inc. 9, y 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y personal temporario;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

DECRETA

ARTICULO 1º: DESIGNASE, como PERSONAL de PLANTA TEMPORARIA, que prestarán atención profesional en el HOSPITAL MUNICIPAL Y EN LAS DISTINTAS UNIDADES SANITARIAS DEL PARTIDO, dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del día de la fecha y hasta el 30 de junio de 2025 inclusive, a las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDO

LEG.

DATOS PERSONALES

HORARIOS

PEDRO Juan Manuel

4708

DNI 32.814.662

CUIL 20-32814662-3

Fecha de Nacimiento

02/11/1986

Médico Anestesiólogo

HOSPITAL MUNICIPAL EUSTAQUIO ARISTIZABAL

Modulo anestesia:

Martes hasta 38 mensuales

Guardias medicas activas 24 hs días hábiles

Lunes 08:00 a 08:00 hs

Guardias medicas activas 12 hs días hábiles

Miércoles de 08:00 a 20:00 hs

Viernes de 20:00 a 08:00 hs

Guardias medicas activas 12 hs días feriados y fin de semana

Sábados de 08:00 a 08:00 hs

Domingos de 08:00 a 08:00 hs

ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el artículo 1° será imputado a la jurisdicción 1110128000 Programa 80 y 81 del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud Pública informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por el profesional citado hasta el día 15 de cada mes. 

ARTICULO 4 º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, al interesado en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, y dese al Registro Oficial.