Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0709/25
Mar Chiquita, 01/04/2025
Visto
El Expte. N° 297/25; y
Considerando
Que, a través del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, se ha promulgado la Ley N° 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat”, cuyo objeto es garantizar el derecho a la vivienda y a un hábitat digno para todos los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires;
Que la Ley prevé múltiples destinos de los apoyos económicos brindados al Municipio, ello surge no solo de los Artículos 8 y 9, sino también del Art. 40 donde se establece la posibilidad de utilizar el fondo para: ampliación, refacción y/o mejora de la vivienda; construcción o terminación de instalaciones internas, incluyendo la conexión a redes de servicios básicos; construcción de redes públicas domiciliarias de servicios básicos;
Que mediante Ex 2023-41677464-GDEBA- DPPHMDCGP, el Municipio ha solicitado asistencia al Ministerio, en el marco de las previsiones del Art. 8 de la Ley N° 14.449 y su Decreto Reglamentario N° 1062/13 el financiamiento para la Mejora del Hábitat, ello a los fines de poder realizar la ejecución de 200 (doscientos) Mejoramientos Habitacionales, en las localidades de Coronel Vidal, General Pirán, Vivorata, Santa Clara del Mar y Balneario Parque Mar Chiquita;
Que la Municipalidad de Mar Chiquita ha suscripto convenio con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires registrado bajo el N° 429/24, a los fines del otorgamiento de un subsidio institucional no reembolsable con el objeto de brindar apoyo a familias en situación de vulnerabilidad social provocada por el déficit habitacional de sus hogares;
Que en el citado Expediente Municipal consta nota remitida por la Secretaría de Desarrollo Social Sra. Zarza Verónica Noemí, donde solicita se otorgue ayuda económica a la Sra. Orellano Naiara Jazmín, D.N.I. N° 44.932.657, domiciliada en calle Morfesi N° 698 cuya nomenclatura catastral es Circ VI – Secc B – Manz S/N – Parc 21, de la localidad de General Pirán, para la adquisición de materiales para refaccionar el baño de su vivienda, atenta que la misma se encuentra atravesando una situación de vulnerabilidad económica y sanitaria;
Que la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad se ha expedido de manera favorable respaldando el otorgamiento de esta asistencia por parte del Municipio;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: OTORGASE, a la Sra. ORELLANO, NAIARA JAZMIN D.N.I. N° 44.932.657, ayuda económica destinada a afrontar el costo de materiales para refaccionar el baño de su vivienda, sita en calle Morfesi N° 698 cuya nomenclatura catastral es Circ VI – Secc B – Manz S/N – Parc 21, de la localidad de General Pirán, de acuerdo a lo especificado en los Considerandos del presente.
ARTICULO 2°: PROSIGANSE, las actuaciones administrativas pertinentes a través de la Oficina de Compras y Suministros.
ARTICULO 3°: El gasto ordenado en el Artículo 1° será imputado a la Unidad Ejecutora 1110132000 Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 24.00.00 – Partida 5.1.4.0.- Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial.
ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaría de Desarrollo Social Sra. Verónica Noemí Zarza por y la Secretaría de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 5°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dese al Registro Oficial.