Boletines/Pilar

Decreto Nº2638/18

Decreto Nº 2638/18

Pilar, 06/08/2018

Corresponde al Expediente N° 6995/2018

Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-6995-2018, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por la Dirección de Economía Social perteneciente a la Subsecretaria de Desarrollo Social para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 1650 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calles: 17 de Mayo entre Manuel Luis de Oliden y Miguel de Azcuenaga, 17 de Mayo entre Miguel Azcuenaga y Manuel de Sarratea, 17 de Mayo entre Manuel de Sarratea y Pueyrredón, 17 de Mayo entre Pueyrredón y Colectora Ramal Pilar, 20 de Junio entre Manuel Luis de Oliden y Miguel de Azcuenaga, 20 de Junio entre Miguel Azcuenaga y Manuel de Sarratea, 20 de Junio entre Manuel de Sarratea y Pueyrredón, 20 de Junio entre Pueyrredón y Colectora Ramal Pilar, en el barrio Falcón en la localidad de Del Viso , de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley N° 6769/58).

Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132º: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contra tarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por decreto del Departamento Ejecutivo n° 1895 de fecha 29/05/2018 obrante a fs. 127 a 128 y 231 al 247 del expediente municipal N° 4433/2018, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs. 34 el responsable a cargo de la Subsecretaria de Desarrollo Social Jefe de Gabinete el Sr. Juan Pablo Martignone sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle Av. Constitución N° 2808, Localidad Lagomarsino, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.

Que, a fs. 45 al 106 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D ECRETA

Artículo 1: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle: 17 de Mayo entre Manuel Luis de Oliden y Miguel de Azcuenaga, 17 de Mayo entre Miguel Azcuenaga y Manuel de Sarratea, 17 de Mayo entre Manuel de Sarratea y Pueyrredón, 17 de Mayo entre Pueyrredón y Colectora Ramal Pilar, 20 de Junio entre Manuel Luis de Oliden y Miguel de Azcuenaga, 20 de Junio entre Miguel Azcuenaga y Manuel de Sarratea, 20 de Junio entre Manuel de Sarratea y Pueyrredón, 20 de Junio entre Pueyrredón y Colectora Ramal Pilar, en el barrio Falcón en la localidad de Del Viso, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT N° 30-71263770-2, por la suma de Pesos dos millones seiscientos siete mil con 00/100 ($ 2.607.000,00).-

Artículo 2: La erogación dispuesta precedentemente será Imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 deI Tesoro Municipal, Categoría Programática 46.75 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Dir. De Economía Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas por la suma de pesos quinientos veinticuatro mil cuatrocientos diecisiete con 80/100 ($ 524.417,80) y por la Fuente de Financiamiento 1.3.2 De Origen Provincial, Categoría Programática: 46.77 Construcción de Veredas (Fondo Solidario Pcial.) y Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas por la suma de pesos dos millones ochenta y dos mil quinientos ochenta y dos con 20/100 ($ 2.082.582,20) del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese. -