Boletines/Rauch

Decreto Nº164/25

Decreto Nº 164/25

Rauch, 13/02/2025

Visto

El Expediente Municipal Nº 4093-20756/25 mediante el cual se presenta la Sra. Rota, Nélida Alejandra, D.N.I Nº 20.510.845 en su carácter de titular del vehículo automotor Dominio: JMX 354, con domicilio en calle Piedras N° 383 de la ciudad de Rauch, solicitando se le acuerde el beneficio de exención del pago en concepto del Impuesto a los Automotores que consagra el Código Fiscal en su artículo 243 inc. f).-

            La declaración obrante a fs. 1.-

            El Expediente Municipal Nº 4093-18209/23 por el que tramitó la exención de pago del Impuesto a los Automotores por el Dominio: JMW 688, solicitada por la Sra. Rota, Nélida Alejandra.-

            El Decreto Municipal N° 86/23.-

            Las Leyes Provinciales Nº 13.010, 13.850, y 10.397.-

El Dictamen de la Dirección Legal y Técnica.-

La Ley Orgánica de las Municipalidades; y

Considerando

Que, conforme surge del Expediente 4093-20756/25, la Sra. Rota Nélida Alejandra, titular del vehículo automotor Dominio: JMX 354, se presenta solicitando la eximición de pago del Impuesto a los Automotores con fundamento en el art. 243 inc f), declarando que el mismo se encuentra afectado a su exclusivo uso, adjuntando Certificado de Discapacidad, el cual obra agregado a fs. 7 de las actuaciones, extendiéndose la validez del mismo hasta el día 8 de noviembre de 2026.

            Que, en este sentido, se advierte la existencia de exención de pago del Impuesto a los Automotores, concedida por Decreto N° 86/23, a la Sra. Nélida Alejandra Rota por el Dominio: JMW 688 la cual tramitó por Expediente 4093-18209/23.

            Que, a fs. 9, del Expediente 4093-20756/25, obra constancia de cambio de Titularidad del vehículo Dominio JMW 688 a nombre del Sr. Palma, Rodrigo, D.N.I N° 37.871.140.

            Que, por Ley Nº 13.010 se dispuso, respecto de los vehículos radicados en la ciudad, la transferencia y asignación del Impuesto a los Automotores al Municipio.

            Que, conforme lo establece Ley Nº 13.850 corresponde al Municipio resolver las solicitudes de exención del tributo presentadas por los contribuyentes respecto de los vehículos comprendidos en dicha transferencia.

            Que, el Código Fiscal, correspondiente a la Ley Nº 10.397, en su artículo 243 inc. f) establece un beneficio de exención del Impuesto Automotor de los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad, por única unidad.

            Que, advertida la existencia de exención otorgada para el Dominio JMW 688 y  constatado el cambio de titular del mismo corresponde, en primer lugar, ratificar la baja de dicho beneficio en relación al mencionado vehículo ejecutada en el Sistema RAFAM, desde el 6 de febrero de 2023.

            Que, en función de ello, con respecto a la solicitud del beneficio por el vehículo Dominio JMX 354, con la documentación obrante en autos queda acreditado el cumplimiento de los extremos exigidos por las normas de referencia para la procedencia de la exención de pago requerida por el contribuyente.

            Que así lo dictaminó la Dirección Legal y Técnica.           

Por ello, el Intendente Municipal del partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Ratificar la baja del beneficio de exención de pago del Impuesto a los Automotores dispuesto por Decreto N° 86/23 respecto del vehículo automotor Marca: FIAT, Modelo: Palio Fire 5P 1.4 8V BENZ EOBD, Tipo: Sedan 5 Ptas, Dominio: JMW 688, ejecutada en el Sistema RAFAM desde el día 6 de febrero de 2023.-

 

Artículo 2do.- Declarar, de conformidad a la Ley 10.397, artículo 243 inciso f, exento de pago en concepto del Impuesto a los Automotores al vehículo Marca: Renault, Modelo: 712-SANDERO STEPWAY confort 1.6 16V, Tipo. 05-SEDAN 5Ptas, Dominio: JMX 354, cuyo titular es la Sra. Rota, Nélida Alejandra, D.N.I Nº 20.510.845, desde la cuota 1/2025, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-

 

Artículo 3ro.- Dejar establecido que las exenciones de gravámenes conservarán su vigencia mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia.-

 

Artículo 4to.- Dejar constancia que deberá comunicar al Municipio, dentro de los quince (15) días de verificado, cualquier cambio en su situación que pueda dar origen a hechos imponibles o modificar o extinguir los existentes.-

 

Artículo 5to.- Dejar constancia que, de no ocurrir con anterioridad lo establecido en el artículo 3ro., dentro de los quince (15) días corridos de operado el vencimiento del Certificado de Discapacidad presentado en las actuaciones, deberá adjuntar nuevo Certificado vigente, bajo apercibimiento de perder el beneficio de eximición decretado por el presente con fecha retroactiva al vencimiento del mismo.-

 

Artículo 6to.- El plazo establecido por el artículo anterior podrá ser ampliado por la oficina pertinente, hasta un máximo de sesenta (60) días corridos, cuando las circunstancias del caso lo ameriten.-

 

Artículo 7mo.- Arbítrese los mecanismos de notificación en el domicilio constituido por la parte interesada.-

 

Artículo 8vo.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-

 

Artículo 9no.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las Oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-

 

Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel – Jefe de Gabinete.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun – Intendente Municipal.