Boletines/Salto
Decreto Nº 0358/25
Salto, 10/01/2025
Visto
el Expediente Nº4099-39512/24 ALCANCE III LETRA B por el que tramita la contratación directa para la ejecución de una vereda interna para la vinculación entre el aula existente y el aula universitaria en construcción en el Centro Cívico; en el marco de la obra: “Construcción de Aula Universitaria en Instalaciones del Centro Cívico de la ciudad de Salto”; y
Considerando
Que, mediante Decreto Municipal Nº2753/2024 este Departamento Ejecutivo ha adjudicado la ejecución de la obra en cuestión al Proveedor GUIGIVAN S.R.L.;
Que, en virtud de hallarse finalizada la obra, la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de esta Municipalidad ha procedido a labrar la correspondiente Acta de Recepción Definitiva con fecha 06 de Enero de 2025;
Que, la Dirección de Contaduría informa que correspondería realizar la devolución del monto oportunamente retenido al Contratista en concepto de Fondo de Reparo, por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE con 78/100 ($392.639,78);
Que, la Dirección de Asuntos Legales en su Dictamen Nº056/25 estima que debería librarse el correspondiente acto administrativo a los fines de disponer la devolución al contratista de las sumas retenidas oportunamente en concepto de Garantía por Fondo de Reparo;
Que, con el objeto de concluir con los trámites administrativos que hacen a la finalización de la obra en cuestión, este Departamento Ejecutivo estima oportuno proceder a devolver el monto retenido oportunamente en concepto de Fondo de Garantía de Obra;
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Recepcionar con carácter definitivo, la obra que contempla la “Ejecución de una vereda interna para la vinculación entre el aula existente y el aula universitaria en construcción en el Centro Cívico; en el marco de la obra: “Construcción de Aula Universitaria en Instalaciones del Centro Cívico de la ciudad de Salto”, conforme la documentación obrante en el Expediente Nº4099-39512/24 ALCANCE III LETRA B.-
ARTICULO 2º: Facultar a la Dirección de Contaduría a librar Orden de Pago a favor de GUIGIVAN S.R.L., C.U.I.T. 30-71496159-0 con domicilio legal en Avenida Alsina Nº165 de la ciudad de Chacabuco, Pcia. de Buenos Aires, por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE con 78/100 ($392.639,78) correspondiente a la Devolución de la Garantía por Fondo de Reparo, de conformidad con la documentación obrante en Expediente Nº4099-39512/24 ALCANCE III LETRA B.-
ARTICULO 3º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente a la Jurisdicción: 1110103000 Secretaría de Hacienda; Rubro de Egreso: 71.000 Fondo de Terceros; Código: 71371 GUIGIVAN S.R.L.- Garantía.-
ARTICULO 4º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-