Boletines/Salto

Decreto Nº0260/25

Decreto Nº 0260/25

Salto, 06/01/2025

Visto

el Expediente Nº4099-39936/2024 por el que tramita el llamado a Licitación Pública Nº03/24 para la contratación del servicio y equipamiento de control y fiscalización de infracciones de tránsito; y

 

Considerando

Que mediante Decreto Municipal Nº2806 de fecha 21 de Noviembre del corriente año, este Departamento Ejecutivo autorizó el Llamado a la Licitación Pública Nº03/24 con el objeto de contratar el servicio referenciado en el Visto;

                                  Que, en fecha 23 de Diciembre de 2024, se procedió a la apertura de las propuestas presentadas en el marco del citado certamen, de las firmas SECUTRANS S.A., TRÁNSITO SEGURO S.A. y CECAITRA A.C. resumidas en el Acta de Apertura de Propuestas obrante a fs. 990/990 vta. del Expediente Nº4099-39936/24;

                                  Que, a fs. 992 la Dirección de Asuntos Legales adjuntó el pertinente Cuadro de Requisitos Legales, sugiriendo en su Dictamen Nº2567/24 la constitución de la Comisión Evaluadora de las Ofertas;

                                  Que, mediante Decreto Nº3104/24 se conforma la Comisión Evaluadora de las Ofertas, cuya función es analizar y estudiar las propuestas que la Municipalidad de Salto reciba en la Licitación Pública Nº03/2024 evaluación que se encuentra debidamente detallada y fundada en el informe obrante a fs. 996/1001 del referido expediente;

                                              Que, del informe elaborado por la mentada Comisión, se expresó que, teniendo presente todo lo expuesto y lo previsto en el Artículo 3º: ADJUDICACIÓN del P.B.C.C.L.G. y Artículo 25º: ADJUDICACIÓN del P.B.C.C.L.P., la Comisión Interdisciplinaria de Evaluación de Ofertas sugiere:

1)  DESESTIMAR las propuestas realizadas por las empresas SECUTRANS S.A. y TRANSITO SEGURO S.A. por considerar que las mismas no se ajustan a las necesidades del Municipio y resultan ser las de menor calificación obtenida para la ejecución de la contratación pretendida en razón de las consideraciones de hecho y derecho puestas de manifiesto en el análisis de su propuesta.-

2) PREADJUDICAR a la firma CECAITRA A.C. la contratación del “Servicio de Equipamiento de Control y Fiscalización de Infracciones de Tránsito en la Ciudad de Salto” en razón de resultar la OFERTA MEJOR CALIFICADA en un todo de acuerdo a la evaluación que surge de los cuadros comparativos elaborados anteriormente, teniendo presente la propuesta técnica, los antecedentes, precio cotizado y solvencia financiera de la misma y ajustarse su propuesta a lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones Clausulas Generales y Particulares que rigieron la compulsa, por lo tanto la mencionada Oferta resulta ser la que mejor se ajusta a las necesidades y a los intereses de ésta administración en un todo de acuerdo con las actuaciones llevadas a cabo en el Expediente Administrativo Nº4099-39936/24 por el que tramita la Licitación Pública Nº03/2024;

Que, el criterio seguido por la Interdisciplinaria de Evaluación de Ofertas, resulta compartido por este Departamento Ejecutivo;

Que, atento lo expuesto, resulta oportuno librar el presente acto en concordancia con las disposiciones emanadas del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades);

Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Aprobar todo lo actuado en el Llamado a Licitación Pública Nº03/2024 en trámite por Expediente Nº4099-39936/24.- 

ARTICULO 2º: Adjudicar la contratación objeto de la presente licitación a la firma CECAITRA A.C. C.U.I.T.: 30-70095500-8 con domicilio en calle Sarmiento Nº1171 Piso 4 Dpto 8  - San Miguel (Bs. As.), la contratación del “Servicio de Equipamiento de Control y Fiscalización de Infracciones de Tránsito en la Ciudad de Salto” en razón de resultar la oferta  mejor  calificada  en  un todo  de  acuerdo a la evaluación  que  surge de los cuadros comparativos obrantes a fs. 996/1001 del Expediente Nº4099-39936/24, teniendo presente la propuesta técnica, los antecedentes, precio cotizado y solvencia financiera de la misma y ajustarse su propuesta a lo solicitado en los Pliegos de Bases y Condiciones Clausulas Generales y Particulares que rigieron la compulsa, y ajustarse a las necesidades y a los intereses de esta administración en un todo de acuerdo con las actuaciones llevadas a cabo en la Licitación Pública Nº03/2024.-

ARTICULO 3º: DESESTIMAR las propuestas realizadas por las empresas SECUTRANS S.A. y TRANSITO SEGURO S.A. en la Licitación Pública Nº03/24 por considerar que las mismas no se ajustan a las necesidades del Municipio y resultan ser las de menor calificación obtenida para la ejecución de la contratación pretendida en razón de las consideraciones de hecho y derecho puestas de manifiesto en el análisis de su propuesta, en un todo acuerdo y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº4099-39936/24.-

ARTICULO 4º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-