Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5603/2025

Ordenanza Nº 5603/2025

Trenque Lauquen, 10/03/2025

ORDENANZA N° 5603/2025


EXPOSICION DE MOTIVOS:

Del plano de mensura y subdivisión N° 107-2-1981 surge el trazado del Barrio Evita-Centenario en la ciudad de Trenque Lauquen, siguiendo las directrices y trazado del Barrio Parque (Plano N°107-127-1968), en la chacra N° 272;

Como resultado de la subdivisión surgen varias parcelas destinadas a Espacio Verde y Libre Público (E.V.L.P.);

Hace aproximadamente 30 años el Municipio reorganizó la planificación de dos manzanas para la construcción de viviendas sociales, utilizando tres parcelas correspondientes a E.V.L.P., las cuales suman una superficie total de 2.509,94m2 que es necesario permutar;

En el sector el Espacio Verde y Libre Público se encuentra cubierto por la cercanía con las múltiples plazoletas existentes en los extremos de las manzanas, y las existentes sobre las calles Lagos y Uribarri, contando en algunos casos con denominación: “Plazoleta Wladimiro Acosta”, “Plazoleta Mario César Castelló”, forestación añosa y equipamientos urbanos;

La permuta de dichas parcelas se entiende razonable, ya que permite un mejor aprovechamiento de las mismas;

En ningún caso se pierde superficie de Espacio Verde y Libre Público, sino que se lo reorganiza;

El Artículo N°60 del Decreto Ley N° 8912/77 permite la permuta por otros bienes de similares características para satisfacer de la mejor forma el destino establecido;

La Municipalidad de Trenque Lauquen dispone de una parcela con una superficie de 136.768,77m2, denominada catastralmente como Circ. XVII - Secc. D - Ch. 299 - Parcela 23 (Plano N°107-9-1.955); que por Ordenanza N° 3.493/2010 se destina a parque público imponiéndole el nombre “Anselmo Pastor”;

Este parque público dispone de espacio suficiente para recibir la superficie correspondiente a E.V.L.P. a permutar de acuerdo a la Ordenanza N° 5513/2024, promulgada por Decreto N°1637/2024 (convalidación provincial N° RESO-2024- 468-GDEBA-MGGP), queda una superficie disponible de 134.831,27m2; y una vez realizada la permuta de 2.509,94m2 quedará una superficie disponible para recibir futuras permutas de 132.321,33m2 (Exp. N° 5001/05 HCD.).

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Desaféctense de Espacio Verde y Libre Público (E.V.L.P.) tres parcelas ubicadas en la ciudad de Trenque Lauquen que fueron creadas mediante el plano de subdivisión N°107-2-1981, denominadas catastralmente como: Circ. XVII - Secc. C - Ch. 272 - Mz. 26 - Parcela 1 (Partida N° 107-21.306), con una superficie de 688,68m2; Circ. XVII - Secc. C - Ch. 272 - Mz. 26 - Parcela 7 (Partida N°107-21.312), con una superficie de 1.026,62m2; y Circ. XVII - Secc. C - Ch. 272 - Mz. 30 - Parcela 1 (Partida N°107-21.367), con una superficie de 794,64m2.

Artículo 2°.-) Incorpórese la superficie total de 2.509,94m2 afectada a Espacio Verde y Libre Público (E.V.L.P.) correspondiente a las tres parcelas indicadas en el artículo 1° por permuta con la parcela designada catastralmente como: Circ. XVII - Secc. D - Ch. 299 - Parcela 23 (Plano 107-9-1.955). Realizada la permuta; dicha parcela queda con una disponibilidad de superficie de 132.321,33m2 para futuras transferencias de Espacios Verdes y Libres Públicos.

Artículo 3°.-) Forma parte de la presente, como ANEXO I, el plano de la ciudad de Trenque Lauquen con ubicación de los inmuebles citados para la permuta de E.V.L.P.

Artículo 4°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.


Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 00669/2025 – 14/03/2025 
Firma:    Fracisco Recoulat – Intendente Municipal. 
               Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno

 

Anexos

Anexo I

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