Boletines/Lobería

Decreto Nº759-25

Decreto Nº 759-25

Lobería, 24/04/2025

ASIGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza    Nº 2.959/24, el Decreto Nº 048/25; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Barraza, ubicada en calle Orrantía S/N° de la Localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Dirección de Vivienda quien tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el titular de la referida dependencia SR. HÉCTOR FABIÁN PALMIERI, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto    Nº 048/25, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 16 de abril de 2025;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. N° 20.726.000, designado mediante Decreto Nº 048/25, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Barraza, ubicada en calle Orrantía S/N° de la Localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, a partir del 16 de abril de 2025.
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por la misma, se detallan a continuación:
TAREAS                                                            MONTO
Techo nuevo                                                $ 1.690.534,80        

Cargas de techo revocadas                        $    301.953,45  

Base de tanque                                           $      68.188,37
                                                                      
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOS MILLONES SESENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS  ($ 2.060.676,62.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.772.181,89.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 247.281,19. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 73 Proyecto Compartir – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Vivienda, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.