Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº153/2025

Decreto Nº 153/2025

Coronel Rosales, 22/04/2025

Visto

Las actuaciones caratuladas en el Expediente Nº I-20/2024, y

Considerando

Que la intención del Departamento Ejecutivo es mejorar los salarios de los trabajadores municipales. -

Que con fecha 21 de abril de 2025 en reunión paritaria el Departamento Ejecutivo efectuó propuesta salarial consistente en establecer un incremento de un 5% de aumento del haber básico del mes de marzo 2025 (sobre la escala salarial vigente a febrero 2025), cuya diferencia sería abonada el día 23 de abril de 2025.-

Que, en segundo término, se efectuó la propuesta de una actualización del 2% de aumento del haber básico del mes de abril de 2025 (sobre la escala salarial vigente a marzo 2025), pagaderos con los haberes de dicho mes. -

Que la propuesta salarial transmitida al Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) y  a la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) el pasado 21 de abril del corriente año, recibió aceptación por parte de los mismos. -

Que lo actuado se encuadra en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades – Decreto Ley N° 6769/58-, RAFAM Decreto Provincial N° 2980/00 y Ordenanza Municipal N° 3561.-

POR ELLO,

          El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES;

DECRETA

ARTICULO 1º: Disponer la adecuación salarial para el Ejercicio Económico 2025 consistente en una actualización del 5% de aumento del haber básico del mes de marzo 2025 (sobre la escala salarial vigente a febrero 2025), cuya diferencia sería abonada el día 23 de abril de 2025.-

ARTICULO 2º: Disponer la adecuación salarial para el Ejercicio Económico 2025 consistente en una actualización del 2% de aumento del haber básico del mes de abril de 2025 (sobre la escala salarial vigente a marzo 2025), pagaderos con los haberes de dicho mes. -

ARTICULO 3º: Facultase a la Contaduría General Municipal, Departamento de Presupuesto y Departamento de Liquidación de Haberes a impulsar y formalizar las adecuaciones técnicas que permitan efectivizar el pago de lo dispuesto en el presente Decreto en el marco de la Ley Orgánica de las Municipalidades – Decreto Ley N°6769/58 y RAFAM decreto Provincial N°2980/00.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía. -

ARTICULO 5º: Regístrese. Tomen conocimiento todas las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a Contaduría Municipal y al Departamento de Liquidación de Haberes a sus efectos. Cumplido, archívese. -

DECRETO Nº153/2025