Boletines/General Lavalle

Decreto Nº339

Decreto Nº 339

General Lavalle, 21/04/2025

Visto

El expediente municipal 4045-5217/2025 y la nota presentada por la Secretaria de Cultura, Educación, Deportes y Turismo;

Considerando

Que, se solicita la autorización para la realización de un Rally denominado "Rally Mar y Sierras 2025", a celebrarse los días 2, 3 y 4 de Mayo.

        Que, la actividad automovilística ha recibido y recibe un preponderante tratamiento de privilegio por los valores y el interés que genera en todos los habitantes de la comunidad lavallense como así también de toda la región.

        Que, las actividades y el entorno que circundan la realización de dicho evento genera un espacio de encuentro, de celebración de shows artísticos, etc., con la participación de toda la comunidad.

             Que, se debe dictar el acto administrativo correspondiente que será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETA

ARTICULO 1°: Autorizase a  la realización de la competencia de “Rally Mar y Sierras 2025", para los días 2, 3 y 4 de Mayo de 2025, en caminos vecinales del Partido de General Lavalle.-

 

ARTICULO 2°: Dejase debidamente establecido que todo lo relacionado con la seguridad, orden, auxilios, Bomberos, etc., y/o daños a participantes y/o espectadores que pudiera ocasionarse es a total cargo y responsabilidad de la entidad organizadora, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes en la materia.-

 

ARTICULO 3°: La presente autorización quedará supeditada a que la entidad organizadora presente con 48 hs. de anticipación, la documentación exigida, fiscalizada por la Federación Regional Automovilismo Deportivo Mar y Sierras (FRAD) y organismo que será responsables del control y cumplimiento de las mismas (COFAM), como el correspondiente cronograma y trazado del circuito.-

 

ARTICULO 4°: Declarase de INTERES MUNICIPAL el RALLY MAR Y SIERRAS que se llevará a cabo los días 2, 3 y 4 de Mayo del corriente año, por los motivos expuestos en los Considerandos del presente.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO  5º: Autorícese a la Tesorería Municipal a abonar costos que demanden el desarrollo de tal actividad.-

 

ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.-

 

ARTÍCULO 7°: Cúmplase, comuníquese a quién  corresponda y dese al Registro  Municipal.-

 

 

 

 

 

 

 

          ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

 

DECRETO  MUNICIPAL Nº     / 2025.-