Boletines/Zárate
Decreto Nº 196/25
Zárate, 22/04/2025
Visto
El Expediente Municipal Nº 4121- 1752/2025; y-
Considerando
Que, la Secretaría de Cultura, requiere se dispongan los recursos necesarios para el pago de los premios a los ganadores resultantes del 10º CAMPEONATO DE TANGO SALÓN, realizado en el marco del XIV FESTIVAL PROVINCIAL DEL TANGO.
Que, el objeto de dicha actividad es que bailarines de tango de salón de todo el país exhiban y se luzcan frente un a grupo de jurados y a la audiencia mostrando su talento;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Facúltese a la Secretaría de Cultura, al pago de los ganadores resultantes del 10º CAMPEONATO DE TANGO SALÓN que se detalla en la cláusula siguiente. -
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar los gastos resultantes de la asignación de premios del 10º CAMPEONATO DE TANGO SALÓN por un total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($ 1.800.000,00), según el siguiente detalle:
1) a GÓMEZ FERNÁNDEZ ALEXANDRA GABRIELA -DNI 36.315.044-, la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00) en concepto de la obtención del primer premio en la CATEGORÍA ADULTOS.-
2) a ARTUNDUAGA DARIO MARTIN -DNI 33.254.660-, la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), en concepto de la obtención del segundo premio en la CATEGORÍA ADULTOS.-
3) a MOSELE LORENA MABEL -DNI: 26.531.046-, la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00) en concepto de la obtención del tercer premio en la CATEGORÍA ADULTOS.-
4) a SANTILLAN JAVIER OMAR (DNI 18.015.103), la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00), en concepto de la obtención del primer premio en la CATEGORÍA SENIOR.-
5) a GURY PATRICIA LAURA (DNI 20.366.578), la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), en concepto de la obtención del segundo premio en la CATEGORÍA SENIOR.-
6) a PERALTA OMAR ELBIO (DNI 12.147.332), la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00), en concepto de la obtención del tercer
premio en la CATEGORÍA SENIOR.
ARTÍCULO 3º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110115000 – Secretaría de Cultura; Programa: 52 - Cultura; Actividad: 04 - Agendas y Eventos Culturales; Fuente de Financiamiento: 110 Origen Municipal; Partida: 3.9.9.0. - Servicios No Personales – Otros Servicios; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 4º.- Dispóngase que la Secretaría de Cultura sea el órgano administrativo obligado de reunir la documentación requerida y necesaria para la correspondiente rendición de cuentas de los gastos establecidos en el Artículo 2º.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Cultura, Dn. JULIO ALBERTO BELANDO.-
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Secretarías de Cultura y de Economía, Contaduría y Tesorería, regístrese y archívese.-