Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6663/25
General Villegas, 24/04/2025
VISTO:
El Expediente N° 8755/24, iniciado por el señor Darío Maximiliano Aicarde, solicitando la adjudicación del 100 % del inmueble que habita en calle Batalla de Ayacucho Nº 249; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 8, el Departamento Catastro individualiza catastralmente al inmueble como Circunscripción II- Sección B- Chacra 150- Manzana 15c- Parcela 25, registrando como titular a la Municipalidad de General Villegas y como adjudicatario mediante Ordenanza Nº 4910 a los señores Darío Maximiliano Aicarde y Yesisca Yamila Ruiz.
Que la Secretaría de Desarrollo Social de fojas 16 a 25, eleva el informe socio-económico, donde se desprende que su ex pareja la señora Yesica Ruiz, le cede los derechos posesorios del bien en cuestión.
Que la Dirección de Rentas a fojas 29, informa que no registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil” y del mismo modo tampoco registra deuda por “Tributo Venta de Terrenos”.
Que la Ordenanza Nº 6203 en su Artículo Nº 15 establece que los inmuebles incorporados al Banco de Tierras deberán ser destinados exclusivamente a la construcción de viviendas familiares, únicas de ocupación efectiva y permanente, exceptuándose áreas específicas de equipamiento urbano.
Que la citada norma en su Artículo Nº 21 establece la obligación del adjudicatario a mantener la titularidad dominial y la ocupación en forma efectiva y permanente de la vivienda por si y/o su grupo familiar, por un término mínimo de diez (10) años. El Artículo Nº 22 establece que el incumplimiento del Artículo Nº 21 producirá la rescisión del contrato de pleno derecho.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 30 y 31, sugiriendo elevar el presente expediente al Departamento Deliberativo, para desadjudicar el bien a la señora Yesica Yamila Ruiz y adjudicar el mismo al señor Darío Maximiliano Aicarde.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Acéptese la cesión efectuada por la señora YESICA YAMILA RUIZ, D.N.I. Nº 34.385.806 a favor del señor DARÍO MAXIMILIANO AICARDE, D.N.I. Nº 34.778.558, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 150, Manzana 15c, Parcela 25 y regístrese al mismo como único adjudicatario de dicho bien.
ARTÍCULO 2º: Declárase el Interés Social de la presente cesión.
ARTÍCULO 3º: El inmueble deberá ser destinado para vivienda única, familiar y de ocupación permanente. La Municipalidad reconocerá como legítimo beneficiario al señor DARÍO MAXIMILIANO AICARDE, D.N.I. Nº 34.778.558, siendo el único con derecho a obtener la escritura traslativa de dominio. ARTÍCULO 4º: Si el titular pretendiere modificar la titularidad del inmueble deberá comunicarlo previamente a la Municipalidad de General Villegas, a fin de que ésta tome la intervención correspondiente.
ARTÍCULO 5º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, el beneficiario deberá hacerse cargo del pago de tasas e impuestos que se generen.
ARTÍCULO 6º: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuesta en la presente ordenanza, será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.