Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6613/24

Ordenanza Nº 6613/24

General Villegas, 30/10/2024

VISTO:

El Expediente N° 8310/24, iniciado por la señora Estefanía Rocío Pérez, D.N.I. Nº 38.098.456, solicitando la adjudicación del inmueble que habita en calle Dr. Mantero Nº 278 de la ciudad de General Villegas; y

 

CONSIDERANDO:

Que la misma alude que en fecha 4 de junio de 2017, desde la Dirección de Vivienda e Infraestructura Social, le informan que resulta beneficiaria de dicho inmueble, requiriéndole la suma de Pesos cien mil ($ 100.000) por parte de una ex empleada municipal que se desempeñaba en dicha área, quien le extiende la autorización para realizar la bajada del servicio eléctrico.

Que cuando comienza a construir, toma conocimiento que dicha empleada fue desvinculada del Municipio por presuntas estafas, recibiendo una cédula de notificación para que preste declaración en la causa: TL 1034-2021 caratulada “González María Nélida, Torri Sergio Dino S/ estafa”.

Qué el Departamento Catastro a fojas 20, individualiza catastralmente al inmueble como Circunscripción II- Sección B- Chacra 150- Manzana 150m- Parcela 2a, registrando como titular a la Municipalidad de General Villegas.

Que la Dirección de Rentas interviene a fojas 22, informando que no registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil” y que no se registran pagos en concepto de “Venta de Activo Fijo”.

Que la Secretaría de Desarrollo Social, eleva el informe socio-económico de fojas 23 a 32, donde se desprende que la Sra. Pérez, convive allí con su pareja.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide de fojas 34 a 35, sugiriendo adjudicar el inmueble a la señora Estefanía Rocío Pérez.

Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo para su intervención de ley

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º:  Adjudíquese a la señora ESTEFANÍA ROCÍO PÉREZ, D.N.I. Nº 38.098.456, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 150, Manzana 150M, Parcela 2A, ubicado en calle Dr. Mantero Nº 278 de la ciudad de General Villegas, por las razones expuestas ut supra.

 

ARTÍCULO 2º: El inmueble deberá ser destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente

 

ARTÍCULO 3º: Declárase el Interés Social de la presente cesión.

 

ARTÍCULO 4º: Si la titular pretendiere modificar la titularidad del inmueble deberán comunicarlo previamente a la Municipalidad de General Villegas, a fin de que ésta tome la intervención correspondiente.

 

ARTÍCULO 5º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, la beneficiaria deberá hacerse cargo del pago de tasas e impuestos que se generen.

 

ARTÍCULO 6º: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuesta en la presente ordenanza, será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.

 

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.