Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6600/24

Ordenanza Nº 6600/24

General Villegas, 26/09/2024

VISTO:

El Expediente Nº 8759/24, iniciado por el Equipo Directivo del Hospital Municipal “Nuestra Señora del Carmen” de General Villegas, solicitando la modificación del Artículo Nº 15 de la Ordenanza Complementaria del Presupuesto; y

 

CONSIDERANDO:

Que funda su pedido en la necesidad de que profesionales médicos se radiquen en los pueblos del Partido.

Que a fojas 3 y 5, toman intervención la Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y el Departamento de Personal.

Que a fojas 11 y 12, se expide favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos, no formulando objeciones.

Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo a los efectos de su tratamiento.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo 15º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto para el Ejercicio 2024, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 15º: Fíjase como Adicional por Zona Desfavorable, hasta 400 módulos del régimen de 48 horas semanales, para los médicos que ejerzan su profesión y residan en Santa Regina, Villa Saboya, Santa Eleodora y Villa Sauze cuando dichos pueblos no cuenten con otro u otros médicos residiendo en la localidad.

Por su parte también corresponde establecer el mismo adicional, de hasta 400 módulos, cuando un profesional médico fije residencia en las localidades de Cañada Seca, Banderaló, Coronel Charlone, Emilio V. Bunge y Piedritas.

El adicional se abonará de manera proporcional en el caso que en alguno de los pueblos haya más de un médico con residencia permanente.”

 

ARTÍCULO 2º: Lo establecido en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, comenzará a regir a partir del mes corriente de su aprobación.

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.