Boletines/General Villegas

Decreto Nº2205/24

Decreto Nº 2205/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 10/12/2024

VISTO:

El Expediente Nº 7589/24, iniciado por la señora Claudia Romina Lemos, DNI Nº 29.793.429, solicitando la escrituración del bien inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 150, Manzana 150H, Parcela 12 de la ciudad de General Villegas, acompañando documentación pertinente; y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Catastro consigna los datos catastrales del inmueble, titularidad a nombre de la Municipalidad de General Villegas y adjudicación en favor de la peticionante, según Ordenanza Nº 4890.

Que la Dirección de Rentas informa que el contribuyente no registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Publica”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, debido a que se encuentra exento.

Que la Secretaría de Desarrollo Social adunó el respectivo informe socio-ambiental de fojas 10 a 17.

Que a la luz de los propósitos perseguidos por la Ley Nº 10.830, Artículo 4º Inciso d) y e), de regularización dominial de viviendas de carácter social y afectación a bien de familia, resulta necesario gestionar la escrituración del inmueble aludido.

Que conforme a los requisitos exigidos por la referida Ley y el instructivo enviado oportunamente por la Escribanía General de Gobierno, el caso en cuestión se encuadra en los contenidos de dicha normativa.

Que corresponde dictar el acto administrativo para gestionar ante el Organismo Provincial, la escrituración del bien inmueble.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Requierese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio a nombre de la señora CLAUDIA ROMINA LEMOS, D.N.I. Nº 29.793.429 de un inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 150, Manzana 150H, Parcela 12 de la ciudad y Partido de General Villegas, destinado a vivienda familiar, cuya escrituración se declara de INTERÉS SOCIAL.

ARTÍCULO SEGUNDO: Libérase, al sólo efecto de la escrituración, las deudas que por gravámenes municipales pudieren afectar al inmueble comprendido en el presente decreto. Tales deudas deberán ser asumidas expresamente por la adquirente y la Escribanía General de Gobierno o el Escribano interviniente en su lugar, comunicarán a la Municipalidad de General Villegas la Escritura otorgada.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Dirección de Patrimonio y Mantenimiento de Vehículos, Departamento Centro de Cómputos, Departamento Catastro, Dirección de Rentas, Secretaría de Obras Públicas, Dirección de Asuntos Jurídicos y Secretaría de Desarrollo Social, remítase el Expediente a la Escribanía General de Gobierno, cúmplase y archívese.