Boletines/Lujan
Ordenanza Nº 8155
Lujan, 28/06/2023
El Honorable Concejo Deliberante en ejercicio de sus atribuciones sanciona la siguiente:
OR D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.- Reconócese la deuda mantenida con el Agente LUCAS ESTEBAN MIRACCO, LEGAJO Nº 7604, en concepto de pago del sueldo retroactivo del Salario Familiar por Hijo con discapacidad correspondiente a los meses de enero a marzo del 2022, por la suma Bruta de Pesos Setenta Mil Cuatrocientos Tres ($70.403), en un todo de acuerdo con el Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar y cancelar la deuda reconocida por el artículo precedente, según lo prescripto por el Artículo 141º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 3º.- Autorízase la compensación de excesos producidos en los presupuestos de origen, para la atención del reconocimiento de deuda del Artículo 1º de la presente, con economías de otras Partidas por no inversión, tal como lo faculta el Artículo 123º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese al DE, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRES.-