Boletines/Magdalena

Decreto Nº361

Decreto Nº 361

Magdalena, 11/03/2025

Visto

Las actuaciones del Expediente número 4369/25 mediante las cuales BAROUILLE CARLOS ALBERTO- CUIT 20-30834952-8, legajo municipal Nº 62292, solicita habilitación municipal por traslado de domicilio comercial del local cuya actividad esTALLER GRAFICO Y DE DISEÑO,habilitado por Resolución de fecha 31 de julio de 2018, ubicado originalmente enADORINO MARIANI de la localidad de Magdalena, al local ubicado en Calle 5 entre las calles 114 y 115 de Empalme Magdalena; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual,en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), lapresentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan el inmueble;

Que al solicitante se le ha otorgado el beneficio del artículo 1° de la Ordenanza 4193/24, consistente en la eximición de pago de la Taza por Habilitaciones Comerciales, prevista en el Capítulo III de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2024;

Que dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 11 de marzo de 2026;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

 

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal por traslado de domicilio, de carácter provisorio, delestablecimiento comercial cuya actividad esTALLER GRAFICO Y DE DISEÑO(Código de actividad:34-000-02)propiedad de BAROUILLE CARLOS ALBERTO- CUIT 20-30834952-8, Legajo Municipal Nº 62292sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I,Sección G, Chacra 95, Manzana 95 R, Parcela 5a, Partida Inmobiliaria Nº 11728 ubicado en Calle 5 entre calle 114 y 115, Empalme Magdalena.

Artículo 2º:El vencimiento de la presente Habilitación Provisoria se producirá el día 11 de marzo de 2026debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el Acto Administrativo de Habilitación Definitiva. En caso contrario se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

Artículo 3º:El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta Lopez Dorao

Secretaria de Gobierno