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Decreto Nº449

Decreto Nº 449

Chacabuco, 28/03/2025

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL

Visto

la sanción de la Ordenanza Nº 10.526/25 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Considerando

la sanción de la Ordenanza Nº 10.526/25 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.526/25 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida el contrato de locación celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco,  representada en este acto por el Sr. Intendente Dr. Rubén Darío Golia,  D.N.I. N° 22.575.124 y la Sra. Sabrina Yael Grossi, D.N.I. N° 31.743.634, cuyo destino será para el funcionamiento de la Casa del Estudiante de Chacabuco en La Plata, en el inmueble sito en calle 66 N° 388 entre 2 y 3, de la ciudad de La Plata.

 

ARTÍCULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

 

ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de   Gobierno de la Comuna.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Chacabuco, 28 de marzo de 2.025.-