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Ordenanza Nº10051/2025

Ordenanza Nº 10051/2025

Pergamino, 09/04/2025

Honorable Concejo Deliberante de Pergamino

2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina

 

Ordenanza

Número: ORDE-2025-58-E-PERHCD-HCD

Pergamino, Miércoles 9 de Abril de 2025

Referencia: EX-962-25 ordenanza 10051-25 donacion terreno Santa Clara de Asis

 

Señor

Intendente Municipal

D. JAVIER ARTURO MARTÍNEZ

SU DESPACHO.-

 

VISTO:

El  EXPTE. EX-962-2025 Ref.:  D.E.  Eleva  EX.  A-629-23  ASOCIACIÓN  CIVIL FAMILIARES SANTA CLARA. Ref.: Terreno, y;

CONSIDERANDO:

Que el Colegio Santa Clara de Asis es una institución educativa con asiento en nuestra ciudad, reconocida por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Bs As - DIEGEP N° 8127- en sus niveles de INICIAL (jardín), EDUCACION PRIMARIA, SECUNDARIA y de Servicio de Apoyo a la Integración Escolar, dedicada a brindar una oferta escolar a niños con diagnóstico (TEA).-

Que dicha institución educativa fue ideada y puesta en funcionamiento, ante la demanda de un grupo de padres de niños con dicho diagnóstico TEA y TGD que carecían de una oferta escolar acorde.-

Que a partir de su funcionamiento, diferentes acontecimientos económicos, numerosos gastos, atrasos de pago de las obras sociales, negación de cobertura por alguna de ellas, dieron nacimiento a la persona jurídica local ASOCIÁCION CIVIL DE PADRES, FAMILIARES Y ALLEGADOS DEL COLEGIO SANTA CLARA DE ASIS DE PERGAMINO- Personería Jurídica

Legajo N° 215711, Matrícula N° 43071-, creada única y específicamente para colaborar y asistir en todo lo atinente al buen funcionamiento del Colegio Santa Clara de Asis; a punto tal, que está conformada e integrada por docentes y padres de alumnos de dicha institución educativa.-

Que actualmente el Colegio cuenta con una matrícula de ciento veinte (120) alumnos; cuyos domicilios o lugares de residencia no solo es nuestra ciudad o Partido, sino también Rojas, Arrecifes, Salto, San Pedro, quienes viajan todos los días de clases a Pergamino, de lunes a viernes, para asistir al Colegio.-

Que este esfuerzo, sumado a que el Colegio tiene alumnos en lista de espera, son clara evidencias de la calidad humana y pedagógica con la que brinda sus servicios escolares.-

Que en la actualidad, el Colegio tiene su sede en una vivienda rentada, sita en Azcuénaga 761, de esta ciudad, la cual no resulta apta para que en la misma sus directivos y docentes desarrollen todo el potencial pedagógico que brindan.-

Que para sortear dicha limitante, la ASOCIACION CIVIL DE PADRES, FAMILIARES Y ALLEGADOS DEL  COLEGIO SANTA  CLARA  DE  ASIS  DE  PERGAMINO,  le  solicitó al Departamento Ejecutivo municipal, evalúe la posibilidad de donar un terreno baldío en el cual puedan construir el edificio del Colegio, acorde al servicio pedagógico que presta y tiene planeado para el futuro. Que la Asociación peticionaria formula su pedido de donación con el compromiso de construir con fondos propios, en el inmueble -terreno- a donar, el edificio del Colegio Santa Clara de Asis.-

Que la Municipalidad de Pergamino cuenta con un terreno baldío sobre las calles Ruta Provincial N° 32 y calle Dr. Juna C. Palborell, identificado con la Matrícula 15688, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 113, Parcela 1, que cuenta con las dimensiones necesarias, en el cual, la Asociación solicitante puede construir la nueva escuela sin resignar necesidad arquitectónica alguna, pues, además de ser un lote amplio, cuenta con la ventaja de que esta apartado del centro de la ciudad, sobre una vía directa de acceso c o n todos los servicios.-

Que integrantes de la Asociación fueron a recorrer el terreno en cuestión, así como toda la zona de influencia en la Ale se encuentra enclavado, advirtiendo que el mismo Intendente Municipal reúne las condiciones necesarias para concretar su proyecto de construcción de inmueble propio.-

Que el lote detallado, por su ubicación, no integra ningún proyecto, ni programa, ni política pública, municipal, a ejecutar en el futuro, lo que permite su donación sin ocasionar el menor inconveniente a dicha administración.-

Que la institución educativa Santa Clara de Asís, es única en el Partido de Pergamino que brinda una propuesta escolar para un grupo de personas con las características descriptas.-

Que la donación debe ser autorizada por el Honorable Concejo Deliberante, en mérito a lo dispuesto en el artículo 55 y 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, mediante ordenanza en la que se disponga expresamente la cesión dominial bajo dicha figura.-

 

POR LO EXPUESTO

El Honorable Concejo Deliberante de Pergamino, en la Tercera Sesión Ordinaria celebrada el día martes 8 de abril de 2025, aprobó por unanimidad la siguiente

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Dónese a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL DE PADRES, FAMILIARES Y ALLEGADOS DEL COLEGIO SANTA CLARA DE ASIS DE PERGAMINO, el lote identificado como: Circunscripción II, Sección B, Chacra 113, Parcela 1, Matrícula 15688, Partida a designar conforme Plano de Mensura 82-82-2024, propiedad de la Municipalidad de Pergamino.-

ARTICULO 2°: La donación mencionada en el Artículo 1° deberá efectuarse con el siguiente cargo: El inmueble objeto de la presente donación deberá ser destinado únicamente para la construcción y funcionamiento del Colegio Santa Clara de Asis, DIEGEP N° 8127, a fin de que el mismo pueda desarrollar las actividades curriculares, académicas, de extensión y de gestión a partir de la transmisión de la posesión.-

ARTICULO 3°: El incumplimiento del cargo previsto en el Artículo 2°, operará como condición resolutoria, por lo que verificado el mismo, la donación debe quedar revocada de pleno derecho y con efecto retroactivo a la fecha en que se hizo efectiva, aplicándosele en lo que corresponda, las normas relativas al dominio revocable, debiendo anotarse para su publicidad registral el cargo impuesto. En consecuencia, ante el incumplimiento debidamente verificado y notificado al donatario, éste deberá restituir al donante el inmueble donado, libre de todo gravamen, derecho real constituido a favor de terceros y/u ocupación.-

ARTICULO 4°: Se establece como causal de revocación de la presente donación la disolución de la ASOCIACION CIVIL DE PADRES, FAMILIARES Y ALLEGADOS DEL COLEGIO SANTA CLARA DE ASIS DE PERGAMINO.-

ARTICULO 5°: La ASOCIACION CIVIL DE PADRES, FAMILIARES Y ALLEGADOS DEL COLEGIO SANTA CLARA DE ASIS DE PERGAMINO deberá aceptar la donación y el cargo impuesto.-

ARTICULO 6°: Deberá requerirse la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para la escrituración e inscripción dominial pertinente.-

ARTÍCULO 7°: El visto y los considerandos forman parte de la presente.-

ARTÍCULO 8°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

 

Sin otro particular, aprovecho para saludarlo atentamente.-

 

ORDENANZA Nº 10051/25.-

     Firmantes: Lucio Q. Tezon (Secretario HCD)-

                  Gabriela A.Taruselli (Presidente HCD)-

 

Anexos

Decreto 1204/25

Donacion terreno Santa Clara de Asis

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