Boletines/Arrecifes

Decreto Nº120/25

Decreto Nº 120/25

Arrecifes, 28/02/2025

Visto

La sanción por parte del Gobierno de la Pcia. de Bs. As. de Ley 9403/79 por la cual faculta a las Municipalidades a autorizar la organización de rifas o bonos contribución y las Ordenanzas Municipales 376/87 y 512/89 que reglamenta las normas a seguir para dar curso a las mismas, y el Expediente Administrativo Nro. 240.150/25, y;

 

Considerando

Que, mediante Expediente Administrativo Nro. 240.150/25,la Asociación Cooperadora del Taller Protegido de Arrecifes, ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos en las normativas que se mencionan en el VISTO de presente decreto.

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º:Autorízase la promoción, venta o circulación de la rifa a beneficio del Asociación Cooperadora del Taller Protegido de Arrecifes, en el ámbito del partido de Arrecifes, en las condiciones establecidas en las Ordenanzas 376/87 y 512/89.

 

ARTÍCULO 2º: La misma consistirá en la emisión de Un mil (1000) bonos, con numeración del 000 al 999, cada bono con un (1) numero de tres dígitos, siendo su valor total de Pesos Cuarenta y ocho Mil($48.000,00.-), pudiendo abonarse al contado o en doce cuota iguales y consecutivas de Pesos Cuatro mil ($ 4.000,00.-).Sorteo final: Último sábado del mes de abril de 2026, a jugarse por Lotería Nacional Nocturna.

 

ARTÍCULO 3º: Los premios del sorteo final serán: 1º Premio:Orden de compra por la suma de Pesos Tres millones ($3.000.000,00.-); 2º Premio:Orden de compra por la suma de Pesos Trescientos Mil ($300.000.-); 3º Premio:Orden de compra por la suma de Pesos Trescientos Mil ($300.000.-); 4º Premio:Orden de compra por la suma de Pesos Trescientos Mil ($300.000.-); 5° Premio:Orden de compra por la suma de Pesos Trescientos Mil ($300.000.-); además contará con sorteos mensuales,sorteo especial por pago de seis cuotas juntas y sorteo especial por pago al contado.Lo recaudado, será destinado para el mantenimiento y funcionamiento de la mencionada institución.

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

FIRMADO:

DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL

SRA. MARIA JULIA MARINCOVICH - SECRETARIA DE GOBIERNO