Boletines/Chascomús
Decreto Nº 194/25
Chascomús, 25/03/2025
AUMENTO DOCENTE FEBRERO, MARZO
Visto
El instructivo que comunica la nueva pauta salarial a aplicar con los salarios de los meses de Febrero/2025 y Marzo/2025, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 12 de febrero de 2025; y
Considerando
Que a través del instructivo se comunica la política salarial definida para el personal docente de la Ley Nº 10.579 que regirá a partir del 1° de febrero de 2025 y del 1° de marzo de 2025.
Que el personal docente municipal debe percibir una retribución no inferior a la que percibe por todo concepto el personal docente que presta servicios en establecimientos dependientes del Estado Provincial y que se hallan regidos por la Ley 8727/77 (actualmente Ley Provincial 11.612) y su reglamentación conforme lo dispone el art. 27° y siguientes del Estatuto y Escalafón del Personal Docente Municipal (Ordenanza 3437/04).
Que es necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Fíjese el sueldo básico del Preceptor (índice escalafonario 1), a partir del 1° de febrero de 2025 en la suma de Pesos doscientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y tres ($247.433). Y a partir del 1° de marzo de 2025 en la suma de Pesos doscientos cincuenta y dos mil ciento treinta y cuatro ($252.134).-
ARTICULO 2°.- Fíjese la bonificación remunerativa no bonificable como suma fija, a partir del 1° de febrero de 2025 en la suma de Pesos cien mil trescientos noventa y uno ($100.391). Y a partir del 1° de marzo de 2025 en pesos ciento dos mil doscientos noventa y ocho ($102.298).-
ARTICULO 3°.- Fíjese la bonificación remunerativa no Bonificable como Bonificación para cargos con Índice Escalafonario 1.1, a partir del 1° de febrero de 2025 en la suma de Pesos ciento cincuenta y un mil ciento sesenta y seis ($151.166). Y a partir del 1° de marzo de 2025 en pesos ciento cincuenta y cuatro mil treinta y ocho ($154.038).-
ARTICULO 4°.- Adjúntese como Anexo I al presente el instructivo que comunica la nueva pauta salarial a aplicar con el salario del mes de febrero/2025 y marzo/2025, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 12 de febrero de 2025; y como Anexo II la grilla salarial elaborada por la Dirección de Liquidaciones y Administración de Personal de la Municipalidad de Chascomús.-
ARTICULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 6°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de RR.HH., Subsecretaria de Infancias y Juventudes, Dirección de Educación, Contaduría, Tesorería, Escuela Primaria Municipal Nº 1, Escuela Primaria Municipal Nº 2, Escuela Primaria Municipal Nº 3, Escuela Secundaria Municipal, Jardín Maternal y de Infantes Municipal, Dirección de Liquidaciones, Jubilaciones e Instituto de Previsión Social.-
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), el Secretario de Hacienda (Juan facundo Alfonsín) y el Secretario de Recursos Humanos(José Yezza Ross).-
ARTÍCULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-