Boletines/Chascomús
Decreto Nº 171/25
Chascomús, 11/03/2025
SUBSIDIO JEFATURA DITRISTAL USO DE PILETA
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX 202500009728-CHASCOMÚS-MESA#SG iniciado a raíz de la “Solicitud de Subsidio para uso de Pileta” requerido por Jefatura Distrital de Chascomús; y
Considerando
Que a través de una nota suscripta por la Inspectora Jefa Distrital de Chascomús, se plantea la necesidad afrontar gastos por la utilización de una pileta climatizada para la realización de prácticas acuáticas del profesorado de Educación Física del ISFD N° 98 y del Centro de Educación Física N° 34 que articula con escuelas de Educación Especial y de nivel primario para garantizar prácticas acuáticas a sus estudiantes.
Que teniendo en cuenta la importancia que ha adquirido el deporte y la formación deportiva en nuestra ciudad, se considera fundamental el acompañamiento municipal con este tipo de iniciativas, tal como se ha efectuado años anteriores.
Que la Subsecretaría de Infancias y Juventudes emite criterio favorable al acompañamiento económico de estas propuestas pedagógicas, toda vez que contribuyen a los objetivos generales de dicha área municipal.
Que las prácticas alcanzarán a más de 70 estudiantes, con la posibilidad de realizarlas en la pileta climatizada del Club Deportivo, agregándose al orden 7 del Expediente Administrativo GDE el presupuesto del mismo.
Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices de coparticipación, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación.
Que, según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida ley, incluyendo la construcción y/o mantenimiento de infraestructura, generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico a fin de mejorar la calidad educativa, adquisición y/o mantenimiento de equipamiento escolar u otra finalidad educativa.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta adecuado a los fines del Estado otorgar a la D.G.C. y E., Jefatura Distrital de Chascomús, un subsidio sujeto a rendición de cuentas, permitiéndole de esa manera afrontar el costo del alquiler de la pileta del Club Deportivo Chascomús para realizar las prácticas acuáticas de estudiantes del ISFD N° 98 y del CEF N° 34.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio a la D. G. C. y E., Jefatura Distrital de Educación de Chascomús, por un monto de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000) para afrontar el costo del alquiler de la pileta del Club Deportivo Chascomús para realizar las prácticas acuáticas de estudiantes del ISFD N° 98 y del CEF N° 34, sin cargo de reintegro y sujeto a rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- Establézcase que el monto a abonar se distribuya en diez (10) cuotas, según el siguiente detalle: cuota uno, correspondiente al mes de abril, por PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000); cuota dos, correspondiente al mes de mayo, por PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($850.000); cuota tres, correspondiente a junio, por PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000); y las restantes cinco cuotas (julio a noviembre) por PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) cada una.-
ARTICULO 3°.- Autorícese la percepción del mismo, al proveedor del servicio Club Deportivo Chascomús, CUIT N° 30-53109334-4.-
ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos, Partida 5.3.6.0, Fuente de Financiamiento 132 – Origen Provincial, Rubro 1141300 - Fondo Educativo.-
ARTICULO 5°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Infancias y Juventudes, Dirección de Educación, Contaduría, Tesorería y Jefatura Distrital de Educación de Chascomús.-
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-
ARTÍCULO 7º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-