Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3303/24

Decreto Nº 3303/24

San Andrés de Giles, 30/12/2024

Visto

Que con fecha 1º de junio del año 2024, se celebró un contrato de concesión de explotación, entre el Municipio y el Sr. Luciano Joaquin Funes , y

Considerando

Que dicho instrumento contractual, establece la concesión de la unidad comercial n° 1, ubicada en la Estación Terminal de Omnibus al Sr. Luciano Funes, para el desarrollo de una actividad gastronómica.

                                   Que el citado instrumento contractual , corresponde a la licitación pública n° 5/24, tramita a través del expediente n° 410119544/24, habiendo resultado el Sr. Funes adjudicatario de la citada licitación.

                                   Que en el artículo 4° del mentado instrumento contractual, se establece que el monto mensual acordado, se actualizaría en forma semestral de acuerdo a las variaciones correspondientes al índice de precios mayoristas nivel general (IPMMG) , índice que al día de la fecha no se encuentra vigente.

                                   Que del informe producido por el Sr. Director de Recaudación, se desprende la sugerencia de modificar el artículo pertinente del contrato, cambiando la modalidad de actualización, estableciéndose a esos fines, el índice de precios al consumidor (IPC) suministrado por el INDEC

                                   Que ha intervenido en las presentes actuaciones, el Sr. Asesor Letrado Municipal, emitiendo opinión favorable al respecto.

Que, en virtud de ello, se ha suscripto una adenda al citado contrato, a

esos fines.

Por ello, el Intendente Municipal  en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

 

                                  

ARTICULO 1º:  Convalidar la adenda al  contrato de comodato suscripto entre el Municipio y el Sr. Luciano Joaquin Funes, a través de la cuál se modifica la cláusula cuarta del contrato oportunamente suscrito con fecha 1° de junio de 2024, que como anexo I forma parte integrante del presente acto administrativo.

ARTICULO 2º   Registrar, Comunicar  a quien corresponda  y archivar.

 

Anexos

DECRETO N°3303/24

ADENDA

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