Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 394
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/03/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de renovación de un Permiso de funcionamiento interpuesta por Daniel Héctor BILLAGRA, con CUIT 20-33717509-1, Contribuyente Nº 92740, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas, gaseosas y agua, situado en la calle San Juan Nº 640 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs.21 obra Resolución Nº 2734/2023 mediante la cual se le otorga un Permiso de Funcionamiento por el término de un (1) año;
Que a fs.22 obra solicitud de renovación del correspondiente permiso de fecha 04 de septiembre de 2024;
Que a fs.27 obra Resolución Nº 130/2024 dictada por la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante la cual se otorga la correspondiente factibilidad para el desarrollo de la actividad;
Que a fs.30 se adjunta Acta de Inspección Nº 089459 de fecha 22/01/2025 en la que se deja constancia que el carro da cumplimiento a la Ordenanza Nº 19044;
Que de fs.33/39 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 19044, concordantes y modificatorias;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación, el Departamento Habilitaciones y el resto de las áreas intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
-R E S U E L V E-
ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Daniel Héctor BILLAGRA, con CUIT 20-33717509-1, Contribuyente Nº 92740, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas, gaseosas y agua, situado en la calle San Juan Nº 640 de la Localidad de Bahía Blanca, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 10 de abril de 2026, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.
ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.