Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº579

Decreto Nº 579

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/03/2025

Visto el Pedido de Adquisición Nº 1406 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar el servicio de cuidador en la Institución Casa de Abrigo II y;

CONSIDERANDO

Que el servicio brindado por la persona contratada consistirá en ejecutar proyectos propios de acuerdo con la dirección de la Institución, que sean de interés de los niños/as a fin de que puedan generar su propio proyecto de vida; asistir a las reuniones de personal; acompañar a a los niños/as a actividades que se realicen fuera de la Institución; cuidar la integridad física de los niños/as a su cargo, entre otras.

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, donde la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia expresa que no existe personal de planta municipal disponible para desempeñar la función requerida;

Que se realizó el correspondiente proceso de selección, según acta que obra en suministro 8496/2024, donde surge la selección de la Sra. Gabriela Damaris Erices D.N.I. 38.173.801, quien cumple con el perfil necesario y las capacidades para llevar a cabo las tareas asignadas.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL  en uso de sus facultades,

-  D E C R E T A  -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; considerando que no existe personal municipal de planta disponible para desempeñar la tarea requerida.-
SEGUNDOAdjudíquese a la Sra. Gabriela Damaris Erices D.N.I. 38.173.801 la prestación de servicios como cuidadora para desempeñar tareas en la institución Casa Abrigo II, a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio de 2025, y por la suma total de pesos un millón seiscientos cuarenta y nueve mil ciento noventa  ($1.649.190-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCEROSe procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y por su intermedio a la Dirección de Casa de Abrigo II.
CUARTO:Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplir, notificar, publicar, dar al RO; tomar nota  Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Dirección de Casa de Abrigo II.Cumplido: ARCHIVAR.