Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº32

Resolución Nº 32

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/03/2025

Visto la nota presentada a fs. 1 por la agente María Elizabeth VIVEROS, DNI 16.998.403, CUIL 23-16998403-4, legajo N° 12.583, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien (Oficina N°539), mediante la cual eleva su renuncia a partir del 1 de marzo de 2025 al cargo que viene desempeñando con motivo de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de acuerdo a los alcances de la Ley 9650, Sección Municipalidades; y asimismo, solicita se le acuerde el beneficio por el cual el Gobierno Municipal, adelanta al personal que se acoja a la jubilación, aportes mensuales a reintegrar oportunamente por el Instituto de Provisión Social de la Provincia de Buenos Aires;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 4, el Departamento de Administración de Personal, sugiere se acepte la renuncia de la agente Viveros María Elizabeth, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien (oficina Nº 539) para obtener  el beneficio de Jubilación Ordinaria a partir del 1 de Marzo de 2025, al cargo efectivo 7/4C e interino 7/3A que viene desempeñando para este unicipio, de acuerdo a los alcances de la Ley 9650 SECCIÓN MUNICIPALIDADES de la Provincia de Buenos Aires.-

Que el Departamento de Administración de Personal informa que, teniendo en cuenta que la agente en cuestión se acogerá a los beneficios jubilatorios, y atento a lo establecido en el Art. 63 del Convenio Colectivo de Trabajo del Municipio de Bahía Blanca y decretos 561/1996 y 659/1996, Exp. 260-6658-1996, correspondería hacer lugar a lo solicitado, otorgándole a la Agente Viveros mensualmente y a partir del 01/03/2025, un anticipo jubilatorio consistente en el 60% de su remuneración mensual, habitual y permanente y correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad, conforme a la última escala de sueldos vigente al momento del cese, en el presente caso, categoría 7/3A.3, equivalente a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 840.827,50). Las retribuciones percibidas durante dicho período tendrán carácter de anticipo y serán deducidas al momento de efectuarse la liquidación del haber Jubilatorio por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-

Que la División Jubilaciones y Pensiones a fs. 5 de estas actuaciones, informa que la agente María Elizabeth Viveros, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien (Oficina N°539), se encontraría en condiciones de acceder al derecho de la Jubilación Ordinaria.-

Que, la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales (DOSEM) a fs. 6 informa que no posee deuda pendiente.-

Por todo ello, y teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General de fojas 6; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;

RESUELVE

ARTICULO 1°) Aceptar la renuncia de la agente María Elizabeth Viveros, DNI 16.998.403, CUIL 23-16998403-4, legajo N° 12.583, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien (Oficina N°539), al cargo efectivo 7/4C e interino 7/3A, que viene desempeñando, por acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria dentro de los alcances de la Ley N°9.650, a partir del día 01 de Marzo de 2025.-

ARTICULO 2°) Hacer lugar a lo solicitado por el agente María Elizabeth Viveros, DNI 16.998.403, CUIL 23-16998403-4, legajo N° 12.583, y pagar la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 840.827,50), equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual y en carácter de anticipo jubilatorio, a partir del 01 de Marzo de 2025 y hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional, sumas que serán deducidas al liquidarse la misma por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 3°) Dejar constancia que todas las actuaciones obrantes al Legajo personal N° 12.583, responden al nombre de María Elizabeth Viveros, DNI 16.998.403, C.U.I.L. 23-16998403-4, nacida el 21/02/1965.-

ARTICULO 4°) Establecer que el Departamento de Administración del Personal deberá adecuar la suma adecuada en el Artículo 2, conforme a la escala de sueldos vigente al momento de realizar la liquidación correspondiente.-

ARTICULO 5°) El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse de la Fuente 110, Jurisdicciones 1110103000, Cat. Prog. 01.00, Gasto 6210.-

ARTICULO 6°) Cumplir, notificar, tome nota Departamento Administración de Personal, División Jubilaciones y Pensiones, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Educación; publicar; dar al R.O., y ARCHIVAR.