Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº56

Resolución Nº 56

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/02/2025

Visto las presentes actuaciones, atento a lo solicitado por el Jefe del Departamento Mantenimiento Obras Civiles con el visto bueno del Subsecretario de Servicios y Mantenimiento a fs.2, respecto a la recategorización de los agentes Rodolfo Pablo CASTINEIRA, Legajo Nº14.673 y Juan Eduardo SONDA, Legajo Nº15.125, y,

CONSIDERANDO:

Que el Jefe del Departamento Mantenimiento Obras Civiles, informa que el motivo del pedido de la recategorización para los agentes mencionados, es para poder asignarle trabajos de mayor responsabilidad y envergadura.

Que a fs. 2 el Subsecretario de Servicios y Mantenimiento, presta conformidad en relación a lo solicitado por el Departamento Mantenimiento Obras Civiles.

Que a fs.8, la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones, no encuentra inconvenientes en que se prosiga con lo mencionado anteriormente.

Por todo lo expuesto, atento lo informado por la Subdirección de Capital Humano a fs.9 y contando con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General a fs.9, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTICULO 1: Recategorizar designando en forma interina en categoría 06/2A, al agente Rodolfo Pablo CASTINEIRA, Legajo N°14.673, manteniendo su categoría de revista efectiva, su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, dependiente del Departamento Mantenimiento Obras Civiles (Oficina N°438), a partir del día de su notificación y por el término de un (1) año tal lo establecido en el Artículo 17° del Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 2: Recategorizar designando en forma interina en categoría 06/4A, al agente Juan Eduardo SONDA, Legajo N°15.125, manteniendo su categoría de revista efectiva, su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, dependiente del Departamento Mantenimiento Obras Civiles (Oficina N°438), a partir del día de su notificación y por el término de un (1) año tal lo establecido en el Artículo 17° del Convenio Colectivo de Trabajo.

ARTICULO 3: Déjese constancia que a la fecha los agentes mencionados precedentemente, dan cumplimiento a lo establecido en el Artículo Nº3 de la Ordenanza Nº20.161 de Adhesión al Partido de Bahía Blanca a la Ley Provincial Nº15.134 "Ley Micaela".-

ARTICULO 4: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Partida Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1.1.1.6, del Presupuesto de Gastos vigente. 

ARTICULO 5: Cúmplase, notifíquense, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano; Publíquese, dése al R.O. y RESERVESE en el Departamento Mantenimiento Obras Civiles.-