Boletines/General Belgrano

Decreto Nº0007/2025

Decreto Nº 0007/2025

Publicado en versión extractada

General Belgrano, 02/01/2025

VISTO el servicio de notificaciones de manera física en domicilio que realiza la Municipalidad de General Belgrano

CONSIDERANDO:

Que la mencionada tarea se lleva a cabo por personal administrativo Municipal, fuera del horario normal y habitual.

Que tal prestación debe considerarse como una contratación extra-laboral de tareas según lo establece el artículo 74° de la Ley Nº 14656.

Que resulta atinado, a solicitud de la Secretaría de Hacienda, establecer los parámetros generales de la tarea y su retribución, y las personas que la llevarán a cabo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1º: Determinar que a partir del 1 de enero de 2025, el personal encargado de realizar las Notificaciones Municipales físicas en domicilio serán los siguientes:

AGENTE

LEGAJO

Pecorelli, Yanina Elisabet

2410

Pocho, Pamela

2316

Appella, Juan Martín

2582

Carricaburu López, Candela

2594

Pérez, María Verónica

1746

Astobiza, Silvana Vanesa

2125

Arzuaga, Luciana Martina

2602

Banegas Bonacina, Macarena

2515

Díaz, Debora Juliana

2213

Dixon, Romina Soledad

1745

Iena, Verónica Alejandra

1694

Salvucci, María Fernanda

1778

Rubianco, Martina Hatsuko

2352

Ghiringhelli, Silvana

1716

Juchler, Malena Soledad

2417

Lastra, Silvia Patricia

1626

Corvalan, Silvia Verónica

2174

Gorosito, Magdalena Beatríz

1999

Masanta, Claudia Susana

907

 

Artículo 5°: El valor de las notificaciones se establece a partir del 01 de enero de 2025, de acuerdo a lo siguiente:

  1. Notificación de cédulas: se abonará un monto fijo de pesos un mil ochocientos cuarenta y ocho ($ 1.848) por cada notificación realizada.
  2. Notificaciones judiciales: se abonará un monto fijo de pesos dos mil doscientos cuarenta y cuatro ($ 2.244) por cada notificación realizada.
  3. Actualizaciones de Datos de Contribuyentes (teléfonos, email, DNI, CUIT): se abonará un monto fijo de pesos un mil ($ 1.000) por cada obtención de datos obtenido en el domicilio de contribuyente y actualizado posteriormente en SIFIM o en el que en el futuro lo reemplace. Para esto se emitirá un listado desde la Dirección de Ingresos Públicos, el que luego será certificado.

Artículo 7º: Cada Dirección deberá certificar y enviar mensualmente a la Dirección de Recursos Humanos, un listado con las notificaciones realizadas las cuales deberán contener los siguientes datos: DNI; Nombre y Apellido; Dirección; Fecha de Entrega y Tipo de Entrega. Para los casos de Tipos de Entregas, las mismas se tipificarán de la siguiente manera: Fijada en puerta; Se negó a firmar; Se negó a recibir; Firmado.-

Artículo 8°: Derogar todos los Decretos de designaciones anteriores y todo lo que se oponga al presente.-

Artículo 9°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Federico A. Bernz.-

Artículo 10°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Ingresos Públicos, Legales de Ingresos Públicos, Recaudación, Contaduría, Recursos Humanos, Juzgado de Faltas, Asesoría Legal y Técnica, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.—